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title: "Casación volvió a cerrar la puerta al pedido para endurecer la condena contra César Melazo"
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description: "El máximo tribunal penal de la Provincia, con sede en La Plata, rechazó un nuevo intento del Ministerio Público Fiscal para agravar la condena del exjuez de Garantías de La Plata, César Melazo, condenado por asociación ilícita en la denominada causa “Megabanda”."
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date_published: "2026-05-22T08:35:00-03:00"
date_modified: "2026-05-22T08:36:07-03:00"
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# Casación volvió a cerrar la puerta al pedido para endurecer la condena contra César Melazo

![15 SEGUNDA](/download/multimedia.normal.af276d664420afb3.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)La decisión fue tomada por la Sala III del Tribunal de Casación Penal bonaerense, que descartó revisar nuevamente el rol atribuido a Melazo y al excomisario Gustavo Abraham Bursztyn dentro de la organización criminal investigada.

El fallo, firmado por los jueces Miriam Ermili, Carina Gil y Juan Benavides, ratificó que no existieron arbitrariedades ni cuestiones de gravedad institucional que justificaran reabrir la discusión sobre las penas impuestas en 2023 por el Tribunal Oral Criminal II de La Plata.

En aquel juicio, Melazo recibió una condena de 7 años y 10 meses de prisión por asociación ilícita, encubrimiento y tenencia ilegal de arma de fuego. Bursztyn, por su parte, fue sentenciado a 7 años de cárcel por asociación ilícita y tenencia ilegal de armas.

Sin embargo, la fiscalía sostuvo desde el inicio que ambos ocupaban cargos de mayor jerarquía dentro de la estructura delictiva. Los fiscales de juicio Mariano Sibuet y Victoria Huergo buscaron que Melazo fuera considerado jefe de la asociación ilícita y Bursztyn organizador, lo que hubiese elevado significativamente las penas.

El planteo ya había sido rechazado en distintas instancias judiciales, aunque la Suprema Corte bonaerense ordenó tiempo atrás que Casación analizara específicamente los argumentos vinculados a presunta arbitrariedad y gravedad institucional.

Con esa revisión ya realizada, Casación volvió a fallar contra la fiscalía. Los magistrados remarcaron que el desacuerdo con la valoración de la prueba no habilita una instancia extraordinaria y sostuvieron que el TOC II explicó de manera suficiente porqué entendió que ambos eran integrantes de la asociación ilícita, pero no líderes de la organización.

Además, el tribunal destacó que no existía un escenario de impunidad, ya que los acusados fueron condenados y cumplen penas por distintos delitos.

Mientras ese tramo de la causa quedó firme, el expediente mantiene otro frente abierto: el homicidio de Juan Farías, ocurrido el 29 de julio de 2010.

En ese punto, otra integración de Casación anuló en 2024 las absoluciones dictadas para varios imputados y ordenó la realización de un nuevo juicio oral. Ahora, la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata deberá designar a los nuevos jueces que intervendrán en ese futuro debate.

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