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title: "Pasó seis años preso por un femicidio y una pericia terminó cambiando la acusación"
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description: "Durante seis años, Roger Misael Cata Tarraga permaneció detenido acusado de haber cometido un femicidio en La Plata. La causa había comenzado en 2020 con una hipótesis contundente: el joven había disparado contra su pareja, Ángela Correa, y le había provocado la muerte en una finca de Etcheverry."
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date_published: "2026-08-13T08:52:00-03:00"
date_modified: "2026-08-13T08:53:25-03:00"
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# Pasó seis años preso por un femicidio y una pericia terminó cambiando la acusación

![15 SEGUNDA](/download/multimedia.normal.8e92853c4eb5a6e6.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)Sin embargo, una pericia realizada durante la investigación terminó modificando el rumbo del expediente. Una reconstrucción mediante tecnología 3D, con participación de Gendarmería Nacional y la Policía Federal, determinó que la trayectoria del proyectil había sido de arriba hacia abajo y encontró elementos compatibles con un forcejeo.

La nueva evidencia permitió sostener una hipótesis muy diferente a la original: el arma se habría accionado accidentalmente durante una pelea, sin una intención deliberada de matar.

El desenlace judicial llegó este 11 de agosto. El Tribunal Oral Criminal N° 1 de La Plata homologó un juicio abreviado y condenó a Cata Tarraga a cinco años de prisión por homicidio culposo. Como el acusado ya había cumplido esa pena durante los años que permaneció en prisión preventiva, los jueces dispusieron su inmediata libertad.

El hecho ocurrió en plena pandemia. Cata Tarraga y Correa, ambos de nacionalidad boliviana, trabajaban en tareas vinculadas a la horticultura en una zona rural de La Plata.

La mujer, de 24 años, recibió un disparo en el abdomen. El joven, que entonces tenía 25, fue detenido cerca del lugar y durante el procedimiento se secuestró un revólver calibre .22.

La investigación avanzó inicialmente como un homicidio agravado por el vínculo y luego bajo la hipótesis de un crimen cometido en un contexto de violencia de género. La fiscalía especializada sostuvo que había existido intención de matar y el expediente llegó a la instancia de juicio con esa acusación.

Pero la defensa comenzó a cuestionar algunos aspectos de esa reconstrucción. Martín Ezequiel Grasso sostuvo que no existían denuncias previas por violencia ni antecedentes de maltrato entre la pareja. También puso el foco en que el episodio había ocurrido en una propiedad perteneciente a familiares de la víctima.

La pregunta central pasó entonces a ser qué había ocurrido exactamente en los segundos previos al disparo.

La defensa planteó que Cata Tarraga no había querido matar a Correa y que la muerte se produjo durante un forcejeo. La fiscalía inicialmente no compartió esa versión, pero con el avance del expediente el fiscal de juicio Lucas Rodríguez Domski consideró viable profundizar esa hipótesis mediante una reconstrucción.

El procedimiento demandó años de trabajo y terminó aportando un dato clave: la trayectoria descendente del proyectil y otros elementos de la escena resultaban compatibles con un forcejeo.

Ese resultado modificó sustancialmente la interpretación del episodio. La evidencia ya no apuntaba necesariamente a un disparo efectuado de manera deliberada contra la víctima, sino a la posibilidad de que el arma se hubiera accionado accidentalmente durante la lucha.

Con esa nueva mirada, las partes llegaron a un acuerdo para cerrar el proceso mediante un juicio abreviado.

El acuerdo fue aprobado por el Tribunal Oral Criminal N° 1, con intervención del juez Ramiro Fernández Lorenzo. Cata Tarraga fue condenado como autor de homicidio culposo a cinco años de prisión, además de las accesorias legales, el decomiso del arma y las costas.

Pero la pena ya estaba cumplida. El cómputo realizado en la causa estableció que la condena había vencido el 2 de agosto de 2025, debido al tiempo que el acusado había permanecido detenido en prisión preventiva. Por eso, el tribunal ordenó su inmediata libertad.

La causa, que en 2020 había comenzado bajo la acusación de un femicidio, terminó así con una calificación completamente diferente: una condena por homicidio culposo, es decir, una muerte provocada sin intención.

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