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title: "El oficialismo de La Plata propuso que en el Municipio haya capacitación obligatoria en discapacidad"
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description: "El bloque Fuerza Patria en el Concejo Deliberante presentó un proyecto de Resolución para que la Comuna adhiera a la Ley Provincial N° 15.296 y a su decreto reglamentario 737/26, referidos a la obligatoriedad en dicha temática."
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# El oficialismo de La Plata propuso que en el Municipio haya capacitación obligatoria en discapacidad

![3 PRINCIPAL](/download/multimedia.normal.9e9af4d79126412b.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)En diciembre de 2006 la Asamblea de Naciones Unidas aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a la que Argentina adhirió en 2008 y en 2014 le otorgó jerarquía constitucional. Por su parte, la Provincia adhirió en el 2021.

El bloque de Fuerza Patria en el Concejo Deliberante de La Plata presentó un proyecto de resolución para que la Municipalidad adhiera a la Ley Provincial N° 15.296 y a su decreto reglamentario 737/26, referidos a la capacitación obligatoria en temática de discapacidad.

Con respecto a dicha temática, cabe recordar que en diciembre de 2006 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a la que Argentina adhirió por Ley 16.378 en 2008 y en el año 2014 a través de la Ley 27.044 se le otorgó jerarquía constitucional. Por su parte, la Provincia adhirió en el año 2021.

Hasta el momento, pasados cinco años desde la adhesión de la Provincia, la Municipalidad de La Plata todavía no ha seguido en ese camino. Y la propuesta de Resolución surgió desde su propio bloque, que comanda la camporista Josefina Bolis.

El propósito de la convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.

La Convención reconoce que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno, que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

El artículo 8 de la misma refiere a la toma de conciencia, que implica un compromiso por parte de los Estados para sensibilizar a la sociedad sobre el respeto de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, luchar contra estereotipos, prejuicios y prácticas nocivas, y promover la toma de conciencia respecto de las capacidades y aportaciones de las personas con discapacidad.

Otro de sus artículos establece como una de las obligaciones generales el hecho de “tener en cuenta, en todas las políticas y todos los programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad”.

Tomando como referencia estos artículos, se propone una capacitación obligatoria en materia de discapacidad para todas las personas que se desempeñen en el sector público provincial a fin de, en primer lugar, promover un cambio de paradigma con respecto a las personas con discapacidad.

Durante mucho tiempo, primó el llamado paradigma médico rehabilitador, que centró el origen de la discapacidad en el déficit o el diagnóstico médico.

En este paradigma prevalece la intervención profesional y la rehabilitación por sobre las voces de las personas protagonistas, que queden relegadas como sujetos de asistencia.

Este modelo aún persiste en prácticas, conductas y actitudes cotidianas, que explican y justifican la exclusión de las personas con discapacidad. El modelo médico rehabilitador ha sido cuestionado desde el mismo movimiento de personas con discapacidad, desarrollando el modelo social de discapacidad, desde donde se entiende “situación” de discapacidad.

Con el nuevo paradigma que establece la Convención se visibiliza la importancia de concebir a las personas con discapacidad como sujetos de derecho, garantizando y promoviendo su autonomía, y el ejercicio de derechos en igualdad de condiciones que el resto de las personas. Este paradigma plantea que es necesario suprimir las barreras físicas, comunicacionales y actitudinales derivadas de prejuicios y estereotipos que impiden el ejercicio de los derechos.

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