Prisión perpetua y Ley Brisa sin precedentes por estremecedor femicidio en La Plata

Un Tribunal Oral de nuestra ciudad aplicó por primera vez esa normativa para proteger a la hija de la víctima. El fallo es inédito en la materia. La sentencia recayó sobre el condenado de matar a Tamara Gómez Coronel de numerosas puñaladas.

Región31 de octubre de 2025
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En un fallo inédito, el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata aplicó por primera vez la Ley Brisa para proteger a la hija de la víctima de un brutal femicidio. En la sentencia fue condenado a la pena de prisión perpetua el acusado Nelson Iván Teves, quien asesinó de numerosas puñaladas a su pareja Tamara Magalí Gómez Coronel.

El veredicto dispuso de oficio la aplicación de la Ley Brisa (Ley 27.452), que otorga una reparación económica y acompañamiento integral a hijos e hijas de víctimas de femicidios. 

Se trata de la primera vez que un tribunal de La Plata aplica esa normativa sin requerimiento previo de la parte querellante ni del Ministerio Público Fiscal, una decisión destacada por organismos de género que acompañaron a la familia.

La sentencia fue dictada por los jueces del Tribunal IV de nuestra ciudad, Carolina Crispiani, Emir Caputo Tártara y Ezequiel Medrano, quienes dieron por probado que el acusado Teves asesinó a Tamara Coronel el 2 de enero de 2022 en una vivienda del barrio Santa Ana de Melchor Romero, mediante múltiples puñaladas en un contexto de violencia de género.

Los magistrados señalaron que Teves atacó a Tamara con un cuchillo de carnicería mientras ella dormía. Le asestó más de treinta puñaladas en el rostro, el cuello y el torso. La víctima, de 29 años y madre de una niña, murió desangrada antes de llegar al Hospital Alejandro Korn de Melchor Romero.

En el fallo al que tuvo acceso Capital 24, los jueces dijeron que el femicidio de Tamara se produjo en el contexto de una separación reciente, “marcada por el control y la desvalorización” ejercida por el acusado. 

La hija de la víctima, hoy de siete años, quedó bajo el cuidado de su familia materna y será beneficiaria de la Ley Brisa, que garantiza una reparación económica mensual y cobertura integral de salud hasta los 21 años —o de por vida si presenta alguna discapacidad—. según lo dictaminó ayer la sentencia, de modo inédito. 

Asimismo, el Tribunal IV resolvió que se remitan copias al Juzgado de Familia interviniente y a la Dirección de Políticas de Género del Municipio de La Plata para asegurar la articulación de medidas de protección y acompañamiento.

Los jueces resaltaron la necesidad de comunicar con eficacia los casos de femicidio y de garantizar los derechos de las víctimas indirectas. 

Por su parte, el fiscal de juicio Mariano Sibuet había requerido en su alegato la pena de prisión perpetua. Sostuvo que el femicidio configuraba un homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género. 

Los jueces del Tribunal IV tuvieron en cuenta la premeditación y la planificación previa del feroz ataque, ya que el acusado Teves se aseguró de que la hija de ambos no estuviera en la casa antes de asesinar a su madre. 

La magistrada Carolina Crispiani puntualizó en su voto que “la violencia letal contra una mujer en un contexto de pareja no puede ser leída como un acto impulsivo ni pasional, sino como una manifestación extrema del poder de dominio”. 

El voto de la jueza contó con la adhesión de sus pares en el tribunal. En tanto, la defensora oficial Natalia Argenti, había propiciado que el caso sea calificado como un homicidio cometido en estado de emoción violenta o alteración emocional que reduce la responsabilidad penal. 

Pero la fiscalía y finalmente el tribunal ponderaron la pericia psicológica realizada por la licenciada Verónica Acevedo, de la Asesoría Pericial de La Plata, que descartó la inimputabilidad del acusado, pretendida por la defensa. 

En esa pericia se concluyó que Teves tenía plena capacidad para comprender la criminalidad de sus actos y que su relato de no recordar el hecho era “inconsistente, controlado y carente de empatía”.

“Intentó mostrarse acongojado para impactar al interlocutor y construir la idea de un acto inconsciente. Nada en su discurso indica un quiebre de conciencia”, afirmó la pericia, la que fue valorada al momento de considerar probada la premeditación en el crimen. 

Los jueces también tuvieron en cuenta los mensajes que Teves envió a familiares de la víctima después del hecho. "Mil perdón Romi, ni yo sé qué me pasó", dijo a una de las hermanas de Tamara, mientras se daba a la fuga. También le escribió a su hermano y le confesó: "La maté, ahora no me va a engañar más".

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