Promulgaron la Ordenanza por la que el Cementerio estará a cargo de un Ente Municipal

El flamante organismo tendrá a su cargo la ejecución de la política mortuoria y se regirá por varios principios fundamentales: dignidad en el trato, respeto al difunto y a los deudos, entre otros. La iniciativa había sido aprobada por el Concejo Deliberante en su sesión ordinaria del 27 de noviembre último.

Región11 de diciembre de 2025
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El Departamento Ejecutivo municipal de La Plata promulgó la Ordenanza 12.687, sancionada por el Concejo Deliberante el 27 de noviembre último, mediante la cual se dio impulso a la creación del Ente del Cementerio Municipal de La Plata.

 

De acuerdo a la normativa, el Ente tendrá a su cargo la ejecución de la política mortuoria en el Cementerio municipal, y se regirá por los siguientes principios:

 

- Garantizar la dignidad en el trato, respeto al difunto y a los deudos.

- Resguardar la oportunidad de un entierro digno para todos los habitantes de la Ciudad.

 

- Asegurar el respeto por los diversos cultos, religiones, costumbres y creencias.

- Promover el mantenimiento de la Higiene Ambiental.

- Realzar el valor patrimonial y cultural de la Necrópolis de la Ciudad de La Plata.

 

- Incentivar y propender a mejorar la calidad en la prestación de los servicios funerarios públicos y privados.

 

Entre las funciones del organismo están también las de prestar y organizar los servicios de inhumación, exhumación, reducciones, traslados, cremación y demás servicios funerarios municipales, recaudar, gestionar y fiscalizar los recursos vinculados a la prestación del servicio y a la explotación del predio y sus servicios complementarios, y elaborar planes y proyectos de inversión, ampliación y mejoras, incluyendo la incorporación de sistemas tecnológicos de gestión, trazabilidad, turnos y atención digital, entre otras funciones.

 

Coordinación

 

Sobre la parte patrimonial del predio ubicado en el cruce de las Avenidas 131 y 72, la Ordenanza destaca que el Ente coordinará su accionar con lo dispuesto por la Ordenanza N° 11.672 y demás normativa municipal aplicable sobre protección y puesta en valor del Área Histórica del Cementerio Municipal de La Plata.

 

Con respecto a sus autoridades, se establece que tendrá un presidente y un vicepresidente, elegidos con acuerdo del Concejo Deliberante por un período de cuatro años, pudiendo ser reelegido/a por un nuevo período consecutivo.

 

El Ente también podrá constituir un Consejo Consultivo con carácter ad honorem para asesorar a la Presidencia en políticas, planes, proyectos, reglamentos y tarifas. Dicho órgano deberá contar con una integración plural, asegurando la representación de los distintos estamentos y sectores vinculados con la actividad.

 

Sobre el personal municipal que actualmente presta funciones en el Cementerio Municipal se indica que será transferido al Ente, conservando su situación de revista, estabilidad, antigüedad, remuneraciones y demás derechos.

 

Restauración

 

Por último, la norma autoriza al Departamento Ejecutivo, a través del Ente del Cementerio Municipal de La Plata, a confeccionar un proyecto de restauración del área histórica del Cementerio, que abarcará la reparación y mantenimiento de toda bóveda que lo requiera, ubicada en los Sectores A, B, C y D de dicha área, como así también la reparación de las veredas y calles que existen entre dichos monumentos, a fin de que dichos espacios se encuentren en condiciones óptimas para su visita. 

 

En el marco del plan de obras se deberá realizar un sistema de señalización de los distintos monumentos históricos, calles, ingresos y egresos y circuitos de recorridos educativos, informativos o turísticos. 

 

También se deberán proyectar distintos circuitos educativos, informativos y turísticos, mediante la confección de proyectos, para que los mismos sean puestos en práctica por las personas o asociaciones civiles existentes en la ciudad de La Plata dedicadas a la difusión del patrimonio histórico, arquitectónico, ambiental y social del Cementerio de La Plata, o que se formen con tal finalidad, mediante los convenios y autorizaciones que el Ente celebre conforme la normativa vigente.

 

 

 

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