
Fallo histórico: ordenan cubrir un medicamento millonario para un nene de La Plata con acondroplasia
La resolución fue firmada por el juez federal Alejo Ramos Padilla, titular del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 2 de La Plata, en el marco del amparo presentado por la familia de Pedro Lionel Telleri.
El magistrado dispuso que el tratamiento sea financiado de manera compartida: el Estado nacional deberá afrontar el 45% del costo, la Provincia de Buenos Aires otro 45% y la Obra Social del Personal de Escribanías de la Provincia de Buenos Aires (OSPEPBA) el 10% restante.
La decisión puso fin a un extenso conflicto judicial donde ninguna de las partes discutía ni el diagnóstico ni la necesidad médica del tratamiento. El punto de disputa era exclusivamente económico: quién debía hacerse cargo de una medicación valuada en alrededor de 360 mil dólares por año.
La acción había sido iniciada por Romina Formigo y Sergio Telleri, padres del niño, con el patrocinio del abogado Gastón Jesser. En la demanda reclamaron cobertura total y urgente del medicamento indicado por especialistas del Hospital de Niños Sor María Ludovica de La Plata.
Según plantearon en el expediente, el tratamiento no tenía fines estéticos ni opcionales, sino que representaba la única terapia disponible capaz de modificar la evolución de la acondroplasia durante la etapa de crecimiento.
Durante el trámite judicial quedó acreditado que OSPEPBA reconocía la necesidad del medicamento, aunque argumentaba no tener capacidad financiera para afrontar el costo completo. Incluso, según expusieron los padres, desde la propia obra social les sugirieron avanzar judicialmente contra el Estado.
La causa también contó con la intervención de la Defensoría Pública Oficial Federal N° 1 de La Plata, que respaldó el reclamo y remarcó que el derecho a la salud de un niño con discapacidad cuenta con protección reforzada tanto en tratados internacionales como en la legislación argentina.
Uno de los puntos clave del expediente fue el informe médico incorporado a la causa, donde se advirtió que la efectividad de la Vosoritida depende directamente del tiempo de administración y de que los cartílagos de crecimiento continúen abiertos. “Es fundamental no demorar el inicio del tratamiento”, señalaron los especialistas.
Ese aspecto terminó siendo central para la resolución judicial. El fallo entendió que cada retraso podía generar consecuencias irreversibles en la evolución del niño y resolvió destrabar el conflicto de financiamiento que mantenía paralizado el acceso a la medicación.
Con esta sentencia, la Justicia Federal de La Plata estableció un precedente relevante en materia de acceso a tratamientos de alto costo y protección del derecho a la salud infantil.


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