
Buscan impedir las "caravanas de motos"
Según la presentación, se entiende por "caravana de motos" toda concentración, desplazamiento o circulación simultánea de 10 o más motos "que actúen coordinadamente, sin autorización municipal previa, ocupando total o parcialmente la calzada y produzcan alteraciones de manera significativas del tránsito, el descanso vecinal o el orden público".
La constatación de cualquiera de las conductas previstas en los artículos anteriores dará lugar al inmediato secuestro preventivo del motovehículo y los participantes serán sancionados con multa equivalente de 1.500 a 5.000 módulos. En caso de reincidencia dentro de los 6 meses, la multa se duplicará.
Cabe señalar que un módulo equivale al dos por ciento del sueldo básico nominal inicial del personal del agrupamiento obrero del municipio.
Además, la iniciativa establece que quien convoque, promueva, organice, o difunda una caravana ilegal mediante redes sociales, plataformas digitales o cualquier otro medio será considerado responsable solidario y podrá recibir una pena acorde al máximo previsto en el artículo anterior aplicada para los participantes.
Cuando el conductor participe de las conductas previstas en los artículos anteriores careciendo de licencia habilitante, patente colocada, seguro obligatorio, escape reglamentario o documentación exigida por la normativa vigente, la multa se aplicará en su máximo legal.
La sanción se agravará cuando la concentración supere:
a) 20 motos: incremento del 50% del máximo legal de la multa.
b) 50 motovehículos: duplicación del máximo legal de la multa.
c) 100 motovehículos o más: triplicación del máximo legal de la multa.
El retiro de la moto secuestrada requerirá:
a) Pago íntegro de la multa impuesta.
b) Pago del acarreo y estadía.
c) Acreditación de titularidad.
d) Regularización de toda la documentación vigente.
Transcurridos 30 días corridos desde la firmeza administrativa de la sanción sin que el titular hubiese regularizado su situación, la Municipalidad iniciará el procedimiento de declaración de abandono previsto en la legislación provincial aplicable para vehículos secuestrados.
Por último, los fondos provenientes de las multas serán afectados de manera intangible a:
a) Seguridad vial.
b) Monitoreo urbano.
c) Equipamiento para el control de tránsito.
d) Cámaras de seguridad.
"El contexto de emergencia en seguridad pública en La Plata, la subejecución sostenida de las partidas afectadas al área de seguridad, el incremento exponencial del índice de contravenciones registrados por la Procuración general de la Provincia de Buenos Aires en el año 2024 y 2025, la ausencia total de controles llevados adelante por la Municipalidad para mitigar estas nuevas patologías urbanas y la carencia total de recaudación de multas por contravenciones ligadas a la alteración del orden público motivan la presente iniciativa legislativa, que tiende a endurecer al máximo el peso de la ley contra quienes participan de estas caravanas en la vía pública, las difundieran, y las promuevan por las redes sociales o plataformas digitales", argumentó Morzone.


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