
La Plata: un iPhone fallado terminó en devolución y multa de $2 millones

Un joven pagó US$1330 por un iPhone 15 Pro Max para regalárselo a su madre, pero el teléfono dejó de funcionar pocas horas después. El reclamo terminó en el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 23 de La Plata, que condenó al comercio a devolver el precio del equipo y pagar $2 millones por daño punitivo, más intereses.
La compra se realizó el 7 de agosto de 2024. Según relató el demandante, fue con su madre al local, eligieron el dispositivo y abonaron en efectivo. El aparato fue revisado y encendido delante de los vendedores antes de que se lo llevaran.
Durante las horas siguientes, la mujer comenzó a configurarlo: transfirió información desde su celular anterior, descargó aplicaciones y recuperó sus cuentas. Cuando se agotó la batería, lo conectó para cargarlo, pero el teléfono no volvió a encender.
De acuerdo con la demanda, regresaron al negocio y les pidieron que dejaran el equipo durante tres horas. Al volver, les informaron que no habían podido repararlo y que debían enviarlo al servicio técnico. El comprador pidió recuperar su dinero, pero el comercio rechazó la devolución.
El joven también aseguró que consultó el número de serie en la página de Apple y descubrió que la garantía de fábrica había vencido el día anterior a la compra. Esa información formó parte de los cuestionamientos que llevó al expediente.
Los correos electrónicos intercambiados entre el cliente y el vendedor tuvieron un papel importante en el juicio. Una pericia informática validó su autenticidad e integridad y permitió respaldar la documentación presentada por el comprador.
Con esos elementos, el juzgado consideró acreditadas la relación comercial, la adquisición del teléfono y el pago en efectivo. La prueba permitió reconstruir el vínculo entre las partes y analizar la respuesta del proveedor frente al reclamo.
La condena distingue dos obligaciones. Por un lado, ordena devolver los US$1330 abonados por el celular, con intereses desde la fecha de compra. Por otro, impone $2 millones por daño punitivo debido a la conducta del comercio.
La decisión cuestionó la atención insuficiente del problema y la falta de una solución que evitara al cliente tener que judicializar el reclamo. La sanción económica se agregó, por ese motivo, a la restitución del precio.
El juzgado rechazó otros pedidos indemnizatorios, incluidos gastos de telefonía, traslados y daño moral, porque no encontró pruebas suficientes para reconocerlos. Las costas del proceso quedaron a cargo de la empresa demandada.
El pago deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a que la sentencia quede firme. La información disponible no acredita que ese plazo haya comenzado ni que el comprador ya haya recibido el dinero.
El fallo aborda así dos aspectos de la misma compra: el teléfono que dejó de funcionar y la respuesta que recibió su dueño cuando volvió al mostrador. La devolución busca restituir lo pagado; el daño punitivo sanciona la conducta del comercio frente al consumidor.



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