Condenado por una violación detectada en una clase de ESI en un colegio de La Plata

Una jueza impuso la pena de ocho años de prisión. La víctima tenía apenas 10 años cuando fue ultrajada. Era amiga de las hijas del acusado, un kiosquero de nuestra ciudad.

Policiales12 de septiembre de 2023
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En un aberrante caso de abuso sexual infantil que fue advertido por una maestra durante la clase de Enseñanza Sexual Integral (ESI), finalmente la justicia penal de La Plata arribó a una sentencia condenatoria de ocho años de prisión para el acusado, Silvio Silguero. 

El caso tiene ribetes estremecedores. La víctima fue violada cuando tenía apenas 10 años de edad. Era amiga de las hijas del imputado. También el acusado y el padre de la menor abusada eran amigos. Sus esposas incluso tenían trato frecuente. 

El fallo fue dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) V de La Plata con el voto unipersonal de la jueza Carmen Palacios Arias, quien validó el alegato acusatorio de la fiscal Victoria Huergo. La sentencia recayó sobre el procesado Silguero, quien al momento del hecho regenteaba un kiosco en su propia vivienda.

A esa casa, según concluyó la magistrada Palacios Arias, iba a jugar la pequeña víctima con las hijas de Silguero, hacia 2014 al momento de producirse el ataque sexual “cuando el adulto y la menor se quedaron solos”. 

La jueza precisó que, tras la violación, la nena guardó silencio porque tenía miedo al acusado. Sin embargo, un año después, una docente del colegio al que asistía la pequeña víctima, advirtió durante su clase de la materia Enseñanza Sexual Integral (ESI), evidentes y típicos signos de que la menor había sido abusada. 

 Protocolo de abuso sexual infantil

 De inmediato, se comunicó con las autoridades del colegio y se activó el protocolo para este tipo de casos.

La niña fue llevada ante especialistas de salud infantil y en el marco de una Cámara Gesell detalló la terrible pesadilla sufrida. Los detalles del fallo en ese punto son espeluznantes. 

Meses después de que el caso arribó a la justicia penal de La Plata, la familia de la nena se mudó. Actualmente, vive en Paraguay con sus tías, donde terminó los estudios secundarios. En la causa consta que la chica “no quiere volver al país por vergüenza”.

 Agravantes de la pena

 La fiscal de juicio Victoria Huergo había pedido en su alegato acusatorio que se valoren como agravantes de la pena "la cercanía del vínculo entre Silguero" y la menor "que generó un especial ámbito de confianza de la niña y que facilitó no solamente que este hecho se pudiera cometer, sino también el silencio de la misma". 

La doctora Huergo se refirió a la casa donde se produjeron los vejámenes. "Era una casa frecuentada por la menor, era percibida prácticamente como un hogar, un ámbito de cobijo y contención", enfatizó la fiscal. 

Huergo remarcó "la extensión del daño causado" en la víctima quien durante años sufrió "las heridas del abuso" y tuvo que "radicarse en otro país" lo que generó "la desintegración de ese grupo familiar, que no cuenta con uno de sus integrantes". 

 La sentencia: “En secreto y en las sombras”

Finalmente, la jueza Palacios Arias convalidó todos los agravantes de la pena planteados por la fiscalía. 

Palacios Arias argumentó que "hechos de la naturaleza de los ventilados en el debate celebrado, acaecidos ‘en las sombras’, comúnmente presentan cierta dificultad probatoria en razón de que, a excepción de la existencia de algún dictamen médico en ciertos casos, se carece de otra prueba directa de los hechos fuera de las versiones brindadas por víctima y victimario". 

"El secreto es una de las características más notables del abuso sexual infantil, lo que dificulta aún más la actividad probatoria, toda vez que muchas veces su develación se produce tiempo después del inicio de la acción delictiva", subrayó la magistrada al dar por probada la responsabilidad del acusado en el ataque sexual. 

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