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La Municipalidad de La Plata realizó una denuncia penal luego de que el sistema de control biométrico instalado recientemente en la Delegación de Los Hornos fuera destruido a martillazos. Aseguran que "no es un hecho aislado".
Política 01 de febrero de 2024
La denuncia responde a los delitos de amenaza coactiva, daños al patrimonio público municipal, intimidación pública y atentado contra la autoridad, todos ellos estipulados en el Código Penal. De acuerdo a la presentación de la Comuna, los hechos evidencian “una clara intencionalidad de infundir un temor público”
El repudiable episodio tuvo lugar alrededor de las 7:30 de este jueves 1° de febrero en la delegación ubicada en 137 y 64 y quedó registrado en las cámaras de seguridad del organismo. En las imágenes se ve cómo cuatro hombres ingresan al lugar y uno de ellos destruye con un martillo tanto la pantalla como el servidor del dispositivo.
Según reza en el documento presentado por la Municipalidad, el acto vandálico se llevó a cabo “claramente con un fin coactivo de amenaza e intimidación, amedrentando a la empleada administrativa que se encontraba en el lugar y al resto de los agentes municipales”.
“Este no es un hecho aislado, se registra en un contexto de agresión y violencia que se está multiplicando en distintas dependencias comunales ante las políticas impulsadas por la actual gestión para garantizar la transparencia en el Municipio”, aseveraron, e informaron que hechos similares ocurrieron en San Carlos y la Torre 1.
El acto vandálico presenta el agravante del artículo 184 en sus incisos 1, 5 y 6 del Código Penal ya que se ejecutó en sistemas informáticos públicos con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones.
Además, configura un delito de intimidación pública ya que en el artículo 211 del Código Penal se indica prisión de dos a seis años a quien infunda un temor público o suscite tumultos o desórdenes y amenace con la comisión de un delito de peligro común.
Del mismo modo, compromete el artículo 149 bis por amenazas coactivas, por hacer uso de violencia para alarmar o amedrentar a una o más personas y por hacer uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer o tolerar algo contra su voluntad.
Al amedrentar a la empleada administrativa también se incumplió el artículo 237 por emplear intimidación pública o fuerza contra la persona que presta asistencia o requerimiento en virtud de un deber legal. Esto se da, además, con el agravante del artículo 238, ya que el hecho se cometió a mano armada (martillo).
Cabe recordar que el intendente de La Plata, Julio Alak, impulsó recientemente el sistema biométrico para controlar el presentismo a través de la huella dactilar con el objetivo de fortalecer la transparencia institucional y optimizar el funcionamiento de todas las áreas locales.
La herramienta se puso en marcha tras un convenio firmado con la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) en las delegaciones y su instalación alcanzará progresivamente a las distintas dependencias municipales.

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