Otro revés judicial para “La Toretto”: seguirá en la cárcel por matar a un motociclista

Lo dispuso la Cámara Penal de La Plata en fallo dividido. Es por el fatal atropello de 13 y 532. Felicitas Alvite seguirá bajo prisión preventiva en una unidad penitenciaria hasta el juicio oral. La defensa recurrirá a la Casación.

Policiales04 de octubre de 2024
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La Cámara Penal de La Plata resolvió ayer que Felicitas Alvite (21) alias “La Toretto” continúe detenida en una unidad penitenciaria, al denegar el pedido de arresto domiciliario solicitado por la defensa en el marco de la causa que investiga el fatal atropello del motociclista Walter Armand (35) en el cruce de 13 y 532, tras cruzar varios semáforos en rojo, corriendo una picada con otro auto, a alta velocidad. 

La resolución fue emitida ayer, en fallo dividido, por la Sala III de la Cámara platense. Por la mayoría, los jueces Fernando Mateos y Juan Benavides dispusieron que la joven influencer siga alojada en los calabozos de la Alcaidía de Melchor Romero. En minoría, el camarista Alejandro Villordo consideró que debía concederse el arresto domiciliario, ponderando su buena conducta durante el proceso, entre otros fundamentos. 

En diálogo con Capital 24, los defensores de Alvite, los doctores Flavio Gliemmo, Santiago Irisarri y Luisina Gliemmo anticiparon que recurrirán este dictamen ante la Casación bonaerense. 

En el resolutorio, el camarista Mateos tuvo en cuenta la gravedad del hecho y la pena en expectativa, indicando que “desde la actualidad procesal, debe tenerse en cuenta que si bien la agencia fiscal ha dado por finalizada la pesquisa (…) aún no se ha consolidado ese escenario pues no se ha completado la instancia de control de la imputación”.

También luego de analizar las pericias psicológicas y psiquiátricas el magistrado señaló que: “De tal forma, los dictámenes psicológicos y psiquiátricos oficiales dan cuenta de la presencia de una estructura de personalidad o de ciertos rasgos que, en lo que cuenta, se avizoran en principio poco contributivos respecto de la morigeración pretendida que representa un ámbito de menor injerencia y control estatal, más allá de los reaseguros que puedan disponerse”. Ese fundamento tuvo la adhesión del camarista Benavides. 

A su turno, el juez Villordo manifestó que el rechazo de la acusada, tras el accidente, de someterse al reconocimiento médico legal, “no puede ponerse en sus espaldas lo que no hizo el Estado independientemente de que ella haya o no consentido la extracción sanguínea”.

“No se le puede facturar a la imputada, en tanto si la misma es considerada sujeto de prueba, mal podría obligársela a realizar dicho test pues ante este supuesto se estaría violentando la garantía contra la autoincriminación”, fundamentó el magistrado.

Villordo aseveró que la prisión preventiva domiciliaria -con reaseguros- es suficiente para neutralizar los peligros procesales emergentes. “Resulta más vigente que nunca recordar que las medidas cautelares de naturaleza restrictiva de la libertad durante el proceso penal deben ser excepcionales y en la medida estrictamente necesaria para asegurar los fines del proceso, en tanto no es posible concebir en nuestro ordenamiento jurídico la aplicación de una pena anticipada por imperativo del principio de inocencia”.

Asimismo, el magistrado Villordo consideró que Alvite “no se evadió y se quedó en el lugar, solicitando telefónicamente una ambulancia para que atendieran a la víctima del hecho”, al tiempo que la joven “mostró preocupación por el estado de salud de la víctima”.

“A ello deben sumarse otras circunstancias en tanto, por otra parte, resulta relevante y dirimente que la imputada de autos no solo no obstruyó el proceso cuando estuvo en libertad, sino que a la postre se presentó espontáneamente en la DDI local para estar a derecho en la Delegación Departamental de Investigaciones acompañada de sus abogados defensores”, subrayó Villlordo.

 

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