El doloroso juego del victimario y la víctima

Veamos aquí, en estas breves líneas, dos ópticas sobre la víctima.
Región04 de junio de 2026

2Por: Patricia Pérez (*)

 

Por un lado la víctima que se encuentra inmersa en una trama angustiante de conflicto psicológico y por otro, la víctima de un delito que no buscó, no planificó el suceso, ni mucho menos, sus consecuencias.

La psicología nos da instrumentos y estrategias, identificando los roles de cada actor en el escenario de la convivencia tóxica, ayudando a una mejor comprensión en cada circunstancia. Una herramienta que permite comprender mejor los conflictos que, lamentablemente, son frecuentes en la familia, entre amigos y en el trabajo.

La otra mirada es, la de la víctima de delito. Ese infinito vía crucis que inicia en el momento en que se cruzan en esa emboscada del destino.

En ese instante, es cuando no sabemos qué conducta seguir, qué debemos hacer, hacia dónde intentar una salida para evitar ese daño imprevisible que alguien ha planificado.

Tirando los dados de la suerte, con la habilidad del mejor tahúr que le hace trampas a la vida ajena. Ese que comete un delito y ese otro, que lo sufre.

Sobre estas encrucijadas quiero que pensemos, también les daré algunas informaciones para guardar en nuestra caja de herramientas que, espero, no deban ser usadas, pero llegado el caso, que lo hagan en el momento adecuado. Aquí vamos…

Este doloroso “juego” (difícil llamarlo así), hace referencia a una dinámica psicológica inconsciente, muy destructiva, creada por el psicólogo Stephen Karpman, conocida como el Triángulo Dramático de Karpman., en el cual, en las relaciones interpersonales, las personas pueden quedar atrapadas en un ciclo de tres roles: la víctima, el victimario y el salvador. Es una trampa emocional porque los roles no son fijos, las personas rotan, se intercambian roles constantemente, en medio de discusiones o malestares.

El modelo de Karpman nos invita a comprender que, muchas veces, el sufrimiento en los vínculos surge cuando las personas quedan atrapadas en roles que alimentan conflictos y dificultan relaciones saludables.

En este modelo, el primer paso y el más importante es la autoconciencia. En el “Juego” debemos tratar de identificar qué rol automático solemos asumir, de (Víctima, Salvador o Victimario).

Una vez reconocido, la clave es abandonar el papel y asumir la responsabilidad personal de nuestras propias decisiones, emociones y conductas.

En Psicología, no hay delito, son las relaciones humanas patológicas las que producen el conflicto.

Luego de describir este contexto, hoy en “Pensamientos Capitales”, quiero tratar otro conflicto en el que también “juegan" tres actores y que, a partir de la sanción de la Ley 27.372 del año 2017, conocida como la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, se cambia el paradigma, en el ámbito judicial -en el proceso penal- pero también en la sociedad.

La víctima de delito protagoniza de manera involuntaria un proceso judicial, cualquier ciudadano puede convertirse en víctima de delito sin estar preparado para ello.

Hasta la sanción de esta ley, la víctima era considerada principalmente una fuente de información o prueba para la investigación.

Este nuevo paradigma pone a la víctima de delito en el centro de la escena, reconociendo y garantizando sus derechos e instando a las autoridades, o sea al Estado, a que implementen mecanismos para hacerlos cumplir.

Propone una rápida intervención, atención, asistencia y protección de la víctima de delito, haciendo foco en la no revictimización durante el proceso judicial. Quita el prejuicio de la culpabilidad de los hechos sobre la víctima. (‘Te robaron la moto… que habrás estado haciendo’…) El objetivo es evitar la "revictimización" institucional —el destrato o la falta de empatía en comisarías y juzgados— promoviendo un trato digno y empático hacia quien ha sufrido un daño.

 

Su importancia radica en tres ejes fundamentales:

 

• Cambio de Rol: La víctima deja de ser un "objeto" de prueba para convertirse en un sujeto de derecho con participación activa en el proceso.

• Acompañamiento Integral: Obliga al Estado a brindar asistencia jurídica, médica, psicológica y social desde el primer momento, de forma gratuita.

• Derecho a ser Escuchada: La víctima tiene derecho a ser informada sobre el avance de la causa y a expresar su opinión ante decisiones claves (como excarcelaciones o juicios abreviados), incluso si no se presentó como querellante.

En síntesis, busca equilibrar la balanza de la justicia, garantizando que quien sufrió el delito no sea ignorado o destratado por el sistema legal.

Varias provincias argentinas han adecuado su legislación procesal o han adherido formalmente a esta Ley Nacional.

Este marco legislativo dio impulso a la creación de instrumentos como el Observatorio de Víctimas de Delitos (OVD), de la Cámara de Diputados de la Nación (HCDN), que monitorea, garantiza y promueve su pleno cumplimiento.

Se creó la Unidad de Atención a las Víctimas en la Dirección General de Asuntos Prioritarios (DIGAP), del Ministerio de Seguridad Nacional, donde funciona la línea gratuita 134.

La coincidencia entre las víctimas descriptas por Karpman y las víctimas de delito, es que suelen tener como característica en común la resiliencia, las ganas de buscar salida, aún donde otros no la encuentran.

“La mayor gloria no es no caer nunca, es levantarse siempre”. Nelson Mandela.

 

(*) Directora de ILAPYC

ilapyc.org

 

 

- Familias por la vida

familiasporlavida.ong

Nilda Gomez

 

- Ministerio de Seguridad Nacional

[email protected] 

Línea 134 ( gratuita)

 

- Cámara de Diputados de Nación

Observatorio de Víctimas de Delitos

[email protected]

@victimashcdn

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