Fallo clave por el crimen de Sandra Ayala Gamboa: condenan a la Provincia y ordenan aumentar la indemnización a su familia

La Justicia sostuvo que la falta de controles y vigilancia en un edificio estatal de La Plata fue determinante para que ocurriera el femicidio de la joven migrante. Además, dispuso una ampliación de la reparación económica para sus padres.
 
Región24 de junio de 2026

15 PRINCIPALA casi dos décadas del brutal asesinato de Sandra Ayala Gamboa, la Justicia bonaerense volvió a poner el foco sobre las responsabilidades del Estado. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata confirmó que la Provincia de Buenos Aires debe responder por el femicidio de la joven, ocurrido en 2007 dentro de un edificio público, y resolvió incrementar las indemnizaciones destinadas a sus familiares.

 

La decisión fue adoptada por mayoría por la Sala I del tribunal, integrada por la jueza Claudia Milanta y el juez Gustavo Spacarotel. Los magistrados concluyeron que la ausencia de medidas básicas de seguridad en el inmueble estatal constituyó una grave falta de servicio que facilitó la concreción del crimen.

 

Sandra Ayala Gamboa tenía 21 años, era migrante y se encontraba buscando trabajo cuando ingresó al edificio dependiente del Ministerio de Economía provincial, ubicado en Avenida 7 entre 45 y 46 de La Plata. Allí fue asesinada en circunstancias que conmovieron a la sociedad y se transformaron en un caso emblemático de violencia de género.

 

Durante la revisión del expediente, la Cámara rechazó el argumento de la Fiscalía de Estado, que intentó desligar a la Provincia alegando que la responsabilidad recaía exclusivamente sobre el autor material del hecho. Para los jueces, esa postura no alcanza para eximir al Estado cuando el delito se produce en un ámbito bajo su control directo y sin las mínimas condiciones de seguridad.

 

En ese sentido, el fallo remarca que el edificio carecía de vigilancia adecuada y de mecanismos efectivos para controlar quiénes ingresaban o permanecían en el lugar. Según los magistrados, se trataba de medidas elementales que podrían haber reducido significativamente el riesgo y cuya ausencia resultó determinante para la producción del hecho.

 

La Cámara aclaró además que la responsabilidad estatal no surge simplemente por ser propietaria del inmueble, sino por haber omitido los deberes de custodia y control que le correspondían como administradora del edificio.

 

Uno de los aspectos destacados de la sentencia fue el enfoque de género incorporado al análisis. En su voto, la jueza Milanta señaló que el caso debía examinarse conforme a los estándares nacionales e internacionales de protección de los derechos de las mujeres. Destacó que Sandra se encontraba en una situación de especial vulnerabilidad por su condición de mujer joven, migrante y en búsqueda de empleo, circunstancias que imponían al Estado obligaciones específicas de prevención y protección.

 

La resolución también revisó el alcance de las indemnizaciones otorgadas en primera instancia. Los camaristas consideraron que los montos fijados originalmente no reflejaban adecuadamente el profundo impacto que el crimen provocó en la familia de la víctima.

 

Por ese motivo, hicieron lugar parcialmente al planteo de los familiares y dispusieron un aumento de las sumas reconocidas por daño moral y pérdida de chance. Además, admitieron el resarcimiento por daño psíquico y tratamiento psicológico a favor de la madre de Sandra, tras considerar acreditadas las secuelas emocionales sufridas a raíz del femicidio.

 

Ayer, en el mismo edificio donde ocurrió el femicidio donde ahora funciona la Casa Sandra Ayala Gamboa de asistencia y orientación a víctimas de violencia de género, se llevó a cabo una radio abierta organizada por familiares, amigos, organizaciones políticas y sociales para exigir memoria, justicia y verdad. Estuvo presente su madre, Nelly Gamboa.

 

 

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