
La Cámara Federal de La Plata el freno a la conversión del Banco Nación en sociedad anónima
La decisión fue adoptada por la Sala III del tribunal, integrada por los jueces Carlos Alberto Vallefín, Emilio Santiago Faggi y Roberto Agustín Lemos Arias, quienes avalaron la resolución dictada en marzo por el juez federal Alejo Ramos Padilla. Para los camaristas, las circunstancias que motivaron el dictado de la cautelar permanecen inalteradas, por lo que no existen razones para dejar sin efecto la protección judicial.
El Estado Nacional y el Banco Nación habían cuestionado la prórroga al sostener que la legislación no habilita sucesivas extensiones de una medida cautelar, que el expediente registraba demoras y que la continuidad de la suspensión afectaba el interés público al impedir avanzar con una política destinada, según argumentaron, a modernizar la entidad.
La Cámara descartó esos planteos. En su resolución señaló que la Ley 26.854 no prohíbe la prórroga de una cautelar cuando subsisten las circunstancias que justificaron su dictado y la causa principal continúa en trámite. Además, sostuvo que los recursos intentaban reabrir cuestiones que ya habían sido analizadas y resueltas en instancias anteriores.
Los magistrados también descartaron que existiera una demora procesal atribuible a los demandantes y destacaron que los actores cuentan con una sentencia favorable de primera instancia, elemento que consideraron suficiente para mantener la tutela cautelar mientras se resuelve el fondo del conflicto.


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