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En juicio por jurados en el fuero de 8 y 56, el acusado fue hallado culpable de homicidio agravado por arma de fuego. El juez impuso la pena de 22 años de cárcel. La defensa recurrirá la sentencia.
Región15 de abril de 2024
Julián Roberto Damián fue condenado en un juicio por jurados realizado en La Plata a la pena de 22 años de prisión por haber asesinado de un disparo por la espalda a la salida de una fiesta a Gonzalo Alejandro Martín, de 17 años.
La pena fue aplicada por el juez Andrés Vitali del Tribunal Oral en lo Criminal III de nuestra ciudad, validando el requerimiento acusatorio del fiscal de juicio, Martín Chiorazzi, durante la audiencia de cesura.
Durante el juicio oral, el fiscal había pedido la pena de prisión perpetua junto a la familia de la víctima, asistida por el letrado Oscar Rodríguez. En su planteo señalaron que el delito cometido fue un homicidio con alevosía.
Los acusadores argumentaron que la víctima no pudo defenderse ante el ataque artero y por la espalda del imputado, registrado en septiembre de 2018. Sin embargo, esa tesitura no fue avalada por uno de los miembros del jurado popular.
Al no arribar a la unanimidad plena del jurado, requisito procesal obligatorio, finalmente, el juez aplicó la condena por un delito menor, el de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Una de las condiciones consignadas por la Ley de Juicio por Jurados es que, para dictaminar la prisión o reclusión perpetua establecida en el Código Penal Argentino, el veredicto debe ser unánime.
El jurado popular de este juicio oral estuvo integrado por 12 miembros. Once de ellos votaron por la perpetua. Y solo uno de los integrantes se opuso.
Las defensas suelen preferir la modalidad del juicio por jurados porque les resulta más sencillo obtener calificaciones y penas más leves. En ese debate oral ventilado en el fuero de 8 y 56, la defensa ahora tendrá incluso la posibilidad de apelar la condena de 22 años de prisión ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense.
Y como la sentencia no está firme, por este juicio realizado en La Plata, la defensa, a cargo del letrado Mariano Pomares, podrá incluso recurrir también a la Corte bonaerense y de la Nación.
En sus fundamentos vertidos en la audiencia de debate, el defensor Pomares solicitó que dicte un veredicto de culpabilidad por homicidio preterintencional. Es una figura que se aplica a quien causa la muerte de otra persona, pero no que no había tenido el propósito de hacerlo.
Pomares también formuló otros pedidos de manera subsidiaria como el de la legítima defensa, el exceso en la legítima defensa o incluso, el de homicidio simple.
La instrucción penal preparatoria (IPP) por este caso, estuvo a cargo del fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta, quien estableció que el día del crimen, la víctima recibió un disparo por parte del acusado.
El fiscal destacó la circunstancia de que el imputado Damián estuvo varios días prófugo de la justicia. Cuando lo detuvieron, el cargo en su contra fue el de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Damián, al declarar en fiscalía como imputado, admitió que en medio de una pelea, “alrededor de las 6:00 de la mañana, en inmediaciones de su casa, salió a la calle armado con una pistola calibre 9 milímetros (de origen militar con la numeración limada) y disparó al aire para dispersar a un grupo de jóvenes”.
“Fue peor; se me vinieron encima. Le quise pegar un cañazo al primero que me encaró y en ese momento creo que lo toqué y sale el disparo y veo que se cae el que venía atrás del flaco ese", consignó el acusado Damián en la indagatoria.
También indicó que “lo hice para defenderme y defender a mi familia. Tanto a mi esposa con un bebé, la amiga de mi esposa con otro bebé, el chico que estaba dentro de la casa. Hubiese sido un desastre”.
La familia de Martín, la víctima, realizó varias marchas pidiendo justicia. Su madre indicó en una de las movilizaciones que el acusado Damián “es un asesino múltiple, el de mi hijo no es el primer homicidio que comete. Es hijo de una familia paraguaya de narcotraficantes y sabemos cómo se maneja. Tiene problemas en un barrio, se muda a otro para moverse como pez en el agua. La policía lo conoce bien, no es de ahora".
En una de aquellas marchas, vecinos y amigos incendiaron la casa del imputado, ubicada en 141 y 525, en el barrio La Granja, de la localidad platense de San Carlos.

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