La Suprema Corte validó la absolución del papá de Renzo Villanueva, el chico muerto en La Plata

El máximo tribunal de la Provincia rechazó el recurso extraordinario federal formulado por la mamá del menor que cayó desde un séptimo piso de un céntrico edificio en nuestra ciudad.

Región 22 de mayo de 2024
15 PRINCIPAL

En una nueva revisión del fallo, la Suprema Corte de Justicia bonaerense denegó el recurso extraordinario realizado por la madre de Renzo Villanueva, el chico que cayó del séptimo piso de un edificio en pleno centro de nuestra ciudad. Ayer, se terminaron de notificar todas las partes.

Por este fatídico hecho registrado en 2017 fueron juzgados el padre del menor, Diego Villanueva y su pareja Rosa Martignoni. En aquel juicio fueron absueltos por el Tribunal Oral Criminal (TOC) III de La Plata. 

El veredicto absolutorio fue confirmado luego tanto en la Casación como la Corte bonaerense. Contra esos dictámenes, la madre de Renzo, radicó un recurso extraordinario que también fue denegado. La mujer es asistida en esta instancia por el letrado Gastón Nicocia, quien ahora recurrirá a la Corte de la Nación. 

En su dictamen, la Suprema Corte bonaerense, con los votos de los jueces Sergio Torres, Luis Genoud, Hilda Kogan y Daniel Soria, consignaron que "los desarrollos formulados por el impugnante resultan ineficaces para habilitar la instancia extraordinaria y evidenciar el vicio lógico alegado".

“La alegación sobre la arbitrariedad de lo decidido, no logra demostrar la concurrencia de alguno de los supuestos que la parte pretendió encapsular en el vicio lógico denunciado”, sentenciaron los magistrados.

También recordaron que la Corte de la Nación "tiene dicho que para descalificar una sentencia por causa de arbitrariedad se debe efectuar un análisis de los defectos lógicos que justifican esa conclusión, lo que no importa convertir a la Corte Suprema en un tribunal de tercera instancia ordinaria, ni corregir fallos equivocados o que se repitan tales sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional, en que deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impidan considerar el pronunciamiento de los jueces del proceso como ‘la sentencia fundada en ley’".

Los cortesanos, por unanimidad, expresaron que la impugnación "se funda en la arbitrariedad, sin que los recurrentes consigan demostrar siquiera conjeturalmente que, según el prisma de la pretoriana jurisprudencia del Máximo Tribunal, el fallo impugnado haya incurrido en los supuestos de ese vicio invocados. La impugnante insiste en sostener la ausencia de abordaje de las cuestiones sometidas a conocimiento, sin atender las razones por las que esta Corte concluyó en sentido adverso a su pretensión. De ese modo, prescindió de cuestionar de manera suficiente lo efectivamente decidido".

"A su vez, la reiterada alegación de un supuesto de gravedad institucional sin atender a la respuesta brindada por esta Corte sobre el punto, no resulta útil para controvertir tal extremo", dijeron los magistrados en otro tramo de su resolutorio. 

Y finalizaron: "Que, así las cosas, los desarrollos formulados por el impugnante resultan ineficaces para habilitar la instancia extraordinaria y evidenciar el vicio lógico alegado".

El hecho ocurrió alrededor de las 20:00 del 10 de octubre de 2017, en un edificio situado en la calle 9, entre 55 y 56, cuando Renzo cayó desde el balcón del 7° piso "A" y murió a consecuencia del impacto.

Los dos acusados declararon que el niño jugaba en una habitación que da a un patio interno cuando se le cayó un juguete, escaló por un ventilador, se asomó por la ventana, perdió equilibrio y se precipitó al vacío.

Ángela Donato, la madre del nene, culpó a la pareja de haberlo tirado por la ventana. La mujer, al momento de ventilarse el juicio oral y público, afirmó que el padre no aceptaba la condición Down del nene. 

Sin embargo, esa tesitura quedó descartada cuando en el mismo debate oral dieron su testimonio terapeutas y otros testigos que conocieron la relación entre padre e hijo.

En ese marco, un perito de la Asesoría Pericial de la Suprema Corte bonaerense y un criminalista desacreditaron científicamente el informe formulado por expertos de la división policial Casos Especiales, que fue la prueba principal para dictar la prisión preventiva y el juicio oral a los acusados. 

Ambos imputados se encuentran en la actualidad absueltos. Ese veredicto está confirmado en doble instancia. 

"La pericia está totalmente alterada de la realidad", dijeron en su momento los forenses. Por su parte, el abogado Darío Saldaño fue quien impulsó la inocencia de ambos imputados durante todo el proceso. Esa postura viene siendo ratificada en primera instancia, en la Casación y ahora en la Corte bonaerense. 

En el juicio oral ventilado el 20 de marzo de 2020, la fiscal de La Plata, Victoria Huergo, en su alegato requirió una condena por "homicidio culposo". Los abogados de la madre de Renzo peticionaron una sentencia por "homicidio agravado por dolo eventual" para el padre y de "partícipe necesario de homicidio simple" para su pareja. El defensor Saldaño había requerido la absolución considerando que no se acreditó el homicidio culposo ni el dolo eventual. 

Te puede interesar
2 SEGUNDA

La Plata, presente en un encuentro para consolidar la región universitaria del sur del Conurbano

Región 12 de junio de 2024

El vicepresidente Académico de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), Fernando Tauber, participó de un encuentro junto a los rectores de las Universidades que forman parte del “corredor de la Línea Roca”, con la finalidad de profundizar la articulación entre las distintas casas de estudios y replicar las iniciativas productivas de la UNLP orientadas al bienestar social.

2 PRINCIPAL

Avanzan las gestiones por el barrio para docentes

Región 21 de mayo de 2024

El vicepresidente Académico de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), Fernando Tauber, mantuvo un encuentro con el secretario general de la Asociación de Docentes de la UNLP (ADULP), Octavio Miloni, para coordinar el avance de las gestiones para la construcción de un barrio de 100 viviendas destinadas a trabajadores y trabajadoras docentes en el denominado “Campo 6 de Agosto”, un predio que la UNLP posee en la vecina ciudad de Berisso.

2 SEGUNDA

Avances con la poda de árboles

Región 14 de mayo de 2024

El Municipio comenzó hace unos días con los trabajos de poda de árboles en distintos puntos del Partido, centrándose en casos donde el arbolado público se encuentra muy deteriorado, enfermo, con peligro de caída o desrame o si su desarrollo interfiere en el normal funcionamiento de los servicios públicos.

Ranking
15

Una apelación busca que no prescriba la causa por la muerte de un joven platense en El Calafate

Policiales 24 de julio de 2024

Confirman graves fallas en el expediente. La querella, representando a Sandra Gamez, madre del joven fallecido en diciembre de 2015, insistirá en una nueva instancia, luego de que la Cámara declaró extinta la causa. “Espero que la justicia revierta una postura adoptada bajo la apatía, indolencia e impunidad con la que ha trabajado estos más de 8 años”, afirmó la mamá.

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email