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La medida fue dispuesta por el Banco Central. La entidad también les habilitará adquirir divisas en el mercado MEP o contado con liquidación. También relajó otras restricciones para el pago de importaciones y la exportación de servicios.
Actualidad 24 de julio de 2024
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció que las personas que recibieron ayuda salarial del Estado durante la Pandemia de COVID-19 a través del programa ATP y quienes tienen subsidios a las tarifas estarán habilitados a comprar dólares en el mercado financiero a través de las cotizaciones MEP y contado con liquidación (CCL).
Así lo comunicó la autoridad monetaria en un comunicado difundido ayer por la tarde, junto con otras medidas de relajamiento de los controles cambiarios para importaciones.
“El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las restricciones”, mencionó la entidad que conduce Santiago Bausili.
“La tercera medida que adoptó el Directorio es remover las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la Pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos”, señaló el comunicado en cuestión.
Seguidamente, se indicó: “Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”.
Quiénes estaban impedidas
El listado de personas que estaban restringidas en el acceso a los dólares financieros y que desde mañana tendrán habilitada esa opción son:
- Los beneficiarios de refinanciaciones de saldos de tarjeta de crédito durante la Pandemia (de Coronavirus).
- Los beneficiarios de “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021″, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”;
- Los beneficiarios de programas de asistencia a pymes para el pago de sueldos.
- Los beneficiarios del congelamiento de las cuotas de créditos hipotecarios durante la Pandemia.
- Diputados y senadores nacionales, que habían quedado vedados tras una decisión conjunta de ambas cámaras en octubre de 2020.
- Las personas usuarias de servicios públicos que sean beneficiarias del subsidio en las tarifas de suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, ya sea que lo hubieran obtenido por solicitarlo o de manera automática, y/o del subsidio en las tarifas de agua potable.
- Las personas humanas que sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley Nº 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional hasta tanto no hayan cancelado la deuda;
- Las personas humanas que sean beneficiarias de los “Créditos Anses”.
- Créditos para trabajadores registrados en el SIPA, según el decreto de septiembre de 2023.
Otras medidas
El directorio del Central decidió acortar los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, subir el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC, además del permiso para el acceso a los dólares paralelos a personas que habían recibido alguna ayuda por parte del Estado durante la Pandemia o que se benefician con subsidios a los consumos de servicios públicos.
Por otra parte, el directorio decidió también ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes. “La adecuación permite ahora cobrar hasta USD 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo USD 12.000″, indicaron.

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