Condenan a la Municipalidad por un accidente de poda: deberá indemnizar a un vecino de La Plata

La sentencia acreditó la responsabilidad de la comuna platense a la que obligó a pagar al damnificado más de 10 millones de pesos. El hombre sufrió heridas de consideración cuando un tronco le cayó sobre una pierna izquierda. El fallo consideró la falta de medidas de seguridad en el lugar.
Región26 de enero de 2026
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Las tareas de poda y recolección quedaron en la mira de la justicia platense. Un fallo en lo Contencioso Administrativo de nuestra ciudad resolvió una demanda por daños y perjuicios obligando a la municipalidad de La Plata a indemnizar a un vecino por un accidente sufrido durante los trabajos de poda. 

La sentencia fue emitida por la jueza a cargo del juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1, María Fernanda Bisio, quien concluyó que existió responsabilidad del Municipio y estableció una indemnización de diez millones noventa y cuatro mil pesos.

Las actuaciones judiciales se iniciaron con la demanda interpuesta por un hombre que dijo haber sufrido graves lesiones físicas y psicológicas luego de que un tronco cayera sobre su pierna izquierda durante labores municipales de recolección de escombros y poda de árboles en diciembre de 2021. 

El hecho se produjo, según la presentación, cuando el demandante se encontraba frente a su domicilio y observó que personal municipal utilizaba un tractor con garra para levantar troncos sin que la zona estuviera debidamente señalizada ni aislada.

El vecino detalló que el operario municipal pidió colaboración a los vecinos, incluida la suya, para acelerar los trabajos y a la vez solicitó alejar a un grupo de menores que se encontraba próximo al lugar. 

Fue en ese momento que uno de los troncos se desprendió de la máquina e impactó contra su pierna, lo que le provocó fractura de tibia y peroné, además de una serie de secuelas físicas y psíquicas, de acuerdo a las constancias judiciales. 

El expediente señala que el accidente causó una fractura de tibia y peroné con una incapacidad física parcial y permanente del 38% en la pierna izquierda. 

El demandante fue derivado de urgencia a una clínica. Luego tuvo diversas complicaciones, entre ellas una importante limitación funcional y daño neurológico. Una pericia determinó una “incapacidad física parcial y permanente estimada en un 38 por ciento”.

El demandante también refirió haber sufrido un trastorno de estrés postraumático, con síntomas como insomnio, depresión, miedo a salir a la vía pública y pesadillas recurrentes vinculadas al accidente. Otra pericia confirmó ese cuadro de incapacidad psíquica parcial y permanente, recomendando un tratamiento psicológico.

En el fuero contencioso de La Plata, la demanda ponderó el reclamo de indemnización por incapacidad física y psíquica, daño moral, gastos de tratamientos, farmacia y asistencia médica. 

La defensa de la Municipalidad y del seguro alegó que el hombre se acercó al lugar del accidente por iniciativa propia, desoyendo advertencias sobre el peligro y mostrando una conducta imprudente.

La jueza tuvo en cuenta el testimonio de vecinos y de los empleados municipales coincidiendo en que el sector no estaba señalizado ni aislado, remarcando que los operarios habían pedido ayuda a la gente del lugar. 

La sentencia destacó que la Municipalidad debía garantizar que la prestación de servicios como la poda y recolección de escombros se realizara en condiciones de seguridad para la población. Concluyó que el Municipio incumplió con esa obligación y que el daño fue consecuencia directa de esa omisión.

La indemnización incluyó seis millones por incapacidad física, un millón y medio por daños psíquicos y dos millones por daño moral. 

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