Ciberdelito, préstamo fantasma y un duro revés para un banco: deberá pagar $5 millones a una jubilada estafada

La Justicia de La Plata anuló un crédito obtenido por delincuentes mediante una maniobra de phishing y concluyó que la entidad financiera incumplió su deber de proteger a la clienta frente a operaciones inusuales.
 
Región29 de junio de 2026

15 PRINCIPALUna simple consulta por la renovación de un plazo fijo terminó convirtiéndose en una compleja maniobra de ciberdelito que dejó a una jubilada con un préstamo que jamás pidió, dinero desaparecido de su cuenta y una deuda que comenzó a descontarse de sus haberes. Seis años después, la Justicia de La Plata le dio la razón y condenó al banco a responder por las fallas en sus sistemas de seguridad.

 

El fallo, dictado por el Juzgado Civil y Comercial N°16 de La Plata, a cargo del juez Enrique Gorostegui, declaró la nulidad de todas las operaciones realizadas por los estafadores, ordenó restituir el dinero debitado a la víctima y aplicó una multa civil de cinco millones de pesos por considerar que la entidad incumplió su obligación de brindar un servicio seguro.

 

La historia comenzó en agosto de 2020, en plena pandemia. La mujer, una docente jubilada que percibía sus haberes en un banco estatal, intentó comunicarse para consultar sobre la renovación de un plazo fijo. Como no logró hacerlo por los canales habituales, recurrió a una página de Facebook que creyó oficial.

 

Ese fue el primer paso de una maniobra cuidadosamente preparada. Poco después recibió un llamado telefónico de una persona que dijo ser empleado del banco. El supuesto operador conocía datos personales y bancarios de la clienta, lo que reforzó la credibilidad del contacto. Durante varias conversaciones telefónicas y mensajes de WhatsApp le indicó que debía realizar un procedimiento desde un cajero automático para completar la gestión.

 

Siguiendo las instrucciones que recibía en tiempo real, la jubilada ingresó códigos, imprimió comprobantes y envió fotografías de la documentación obtenida. Convencida de que estaba hablando con personal de la entidad, nunca imaginó que en realidad estaba facilitando el acceso a sus cuentas.

 

La sorpresa llegó horas después. Al ingresar a su home banking descubrió que figuraba un préstamo de 264.000 pesos que nunca había solicitado, además de un adelanto de haberes por otros 9.000 pesos. En cuestión de minutos, casi la totalidad del dinero había sido transferida a cuentas de personas desconocidas mediante varias operaciones sucesivas.

 

Aunque presentó reclamos administrativos y denunció lo ocurrido ante la sucursal bancaria, durante casi diez meses no obtuvo ninguna respuesta favorable. Finalmente, el banco rechazó su planteo y atribuyó el fraude a una supuesta negligencia de la propia usuaria por haber compartido sus claves de acceso.

 

Con ese escenario, la mujer inició una demanda judicial sosteniendo que jamás autorizó el préstamo ni las transferencias y que todo fue consecuencia de un engaño planificado por delincuentes que lograron hacerse pasar por representantes de la entidad financiera.

Uno de los aspectos decisivos del expediente fue la pericia informática ordenada por el juzgado. El especialista concluyó que el ataque comenzó mediante una modalidad de phishing y advirtió que, una vez obtenidas las credenciales de la víctima, los sistemas del banco no activaron alertas suficientes frente a una serie de movimientos claramente anormales.

 

En menos de un día se generaron nuevas claves, se otorgó un crédito, se acreditó un adelanto de haberes y se realizaron transferencias hacia cuentas con las que la clienta nunca había operado.

 

Para el perito, el sistema carecía de mecanismos adecuados para detectar operaciones sospechosas y no ofrecía un nivel de seguridad acorde con los riesgos que ya representaban este tipo de delitos, especialmente durante el período de aislamiento por la pandemia.

 

Con esos elementos, el magistrado encuadró el caso bajo las normas de defensa del consumidor y recordó que las entidades financieras asumen un deber especial de seguridad respecto de los servicios electrónicos que ponen a disposición de sus clientes.

La sentencia declaró inexistentes el préstamo, el adelanto de haberes y todas las operaciones derivadas del fraude. Además, ordenó reintegrar las cuotas ya descontadas, devolver el dinero debitado de la caja de ahorro y dejar sin efecto la deuda generada por la maniobra.

 

Como sanción adicional, el banco fue condenado a pagar cinco millones de pesos en concepto de daño punitivo, una multa destinada a desalentar conductas similares cuando las empresas incumplen gravemente sus obligaciones frente a los consumidores.

 

Tras conocerse la resolución, el abogado de la jubilada, Marcelo Szelagowski, sostuvo que el fallo constituye un llamado de atención para el sistema financiero. Según afirmó, los bancos todavía no realizan las inversiones necesarias para enfrentar el crecimiento de la ciberdelincuencia y decisiones judiciales como ésta buscan incentivar la implementación de mayores medidas de protección para los usuarios.

 

 

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