Absolvieron por mayoría a un acusado de femicidio en La Plata y ordenaron su inmediata libertad

El Tribunal Oral Criminal IV consideró que no había certeza suficiente para condenar a Iván Agustín Gómez por el homicidio de una joven ocurrido en Guernica. Dos jueces entendieron que las pruebas presentadas no alcanzaban para acreditar su participación; el tercero votó por una condena.
 
Región19 de agosto de 2026

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El Tribunal Oral Criminal IV de La Plata absolvió ayer por mayoría a Iván Agustín Gómez, quien había llegado detenido al juicio acusado por el homicidio agravado de una joven, en un caso investigado bajo la hipótesis de violencia de género. Tras el veredicto, los jueces ordenaron su inmediata libertad.

 

La decisión fue adoptada por Carolina Crispiani, Agustín Amatriain y Ernesto Domenech. El punto decisivo estuvo en la participación del acusado: mientras Crispiani consideró que la prueba reunida permitía atribuirle el crimen, Amatriain y Domenech entendieron que persistían dudas que impedían una condena.

 

Para Crispiani, los indicios analizados en conjunto demostraban que Gómez había intervenido directamente en el homicidio. La magistrada sostuvo que no existía una duda razonable capaz de desplazar la responsabilidad penal.

 

Los otros dos votos fueron en sentido contrario. Amatriain cuestionó las falencias de la investigación y destacó, entre otros aspectos, la falta de determinadas pericias de ADN, la ausencia de un análisis suficiente de una hipótesis alternativa y la existencia de elementos que podían ubicar al acusado lejos del lugar del crimen.

 

Domenech coincidió con ese razonamiento. Si bien señaló que en la escena se habían hallado huellas de sangre, un cuchillo con rastros hemáticos, vestigios debajo de las uñas de la víctima y huellas dactilares en las bolsas que cubrían parte del cuerpo, remarcó que no se realizaron estudios que permitieran determinar ADN o grupos sanguíneos que identificaran al autor.

 

El magistrado también puso el foco en una posible intervención de un tercero que, según sostuvo, no fue investigada en profundidad. En particular, mencionó que la puerta de ingreso a la vivienda se encontraba violentada.

 

La muerte violenta, en cambio, no estuvo en discusión. Los tres jueces coincidieron en que la joven murió como consecuencia de un ataque con un arma blanca. La autopsia determinó múltiples heridas cortantes y cortopunzantes en el cuello, con lesiones en vasos sanguíneos y en la vía aérea. La causa de muerte fue establecida como shock hipovolémico y síndrome asfíctico.

 

El homicidio ocurrió en una vivienda de la calle Virgen de Luján al 56, en Guernica, donde el cuerpo fue encontrado detrás de una puerta, parcialmente cubierto con una bolsa y un colchón. La escena fue preservada y relevada durante la madrugada del 8 de octubre de 2021. Allí se levantaron manchas de sangre, rastros de calzado y un cuchillo con características hemáticas.

 

Gómez llegó al debate privado de su libertad bajo prisión preventiva. Sin embargo, el veredicto cambió su situación procesal: por dos votos contra uno, el tribunal dispuso su absolución y ordenó que recuperara la libertad de manera inmediata, siempre que no existiera otro impedimento legal.

 

Así, para la mayoría del tribunal, el crimen quedó probado, pero no la responsabilidad penal del acusado. Y esa diferencia resultó determinante: en materia penal, la duda sobre quién cometió el homicidio impidió convertir la acusación en una condena.

 

 

 

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