
La Corte bonaerense confirmó una multa contra Pedidos Ya por sus repartidores

El expediente se inició en julio de 2020, tras inspecciones realizadas en distintas localidades bonaerenses. En esos operativos fueron relevadas 71 personas que trabajaban como repartidores mediante la plataforma y la empresa fue intimada a presentar la documentación laboral.
Según consta en la causa, Repartos Ya reconoció como empleado a uno de los repartidores, pero sostuvo que otros 62 eran trabajadores autónomos contratados mediante locaciones de servicios. Respecto de las ocho personas restantes, negó directamente la existencia de un vínculo laboral.
El Ministerio de Trabajo determinó que existían infracciones y aplicó una multa de $17.690.400. La empresa apeló, pero el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata confirmó la sanción en 2021 y consideró que Repartos Ya no había logrado desvirtuar la presunción de una relación laboral respecto de los 62 repartidores reconocidos como prestadores.
Tras distintos planteos, la compañía intentó llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario federal. Pero la Suprema Corte bonaerense rechazó esa posibilidad en una resolución del 5 de agosto de 2026.
Los jueces consideraron que la empresa no había formulado una “crítica eficaz” contra las decisiones anteriores y que sus argumentos repetían cuestiones que ya habían sido analizadas. También descartaron que existiera “gravedad institucional” suficiente para habilitar la instancia federal.
De esta manera, quedó firme el núcleo de la sanción y cerrado, por esa vía, el camino hacia la Corte nacional.
Sin embargo, la disputa no terminó por completo. La Suprema Corte bonaerense ordenó que la situación de los otros ocho repartidores, cuya relación laboral había sido negada por la empresa, sea revisada por un Tribunal del Trabajo con una nueva integración.


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