
Pasó más de tres años preso por un robo en Gonnet y terminó absuelto

El hecho ocurrió el 9 de junio de 2023, en el local Open Sports del Camino Centenario y 506, en Gonnet. Según la acusación inicial, Romero tomó una bicicleta mountain bike y escapó. Un policía que cumplía tareas de seguridad, David Bassolino, advirtió el robo y comenzó a perseguirlo.
La persecución terminó en 508 entre 10 y 11. Allí se produjo un forcejeo. Bassolino declaró que Romero tomó su arma reglamentaria, lo golpeó y le apuntó al abdomen. El policía aseguró que intentó colocarle el seguro y que finalmente recibió un disparo en la mano izquierda. La herida requirió una cirugía y lo mantuvo unos 90 días alejado de sus funciones.
Sin embargo, durante el juicio aparecieron contradicciones entre el relato que el efectivo había dado durante la investigación y el que brindó ante el tribunal. La defensa utilizó esas diferencias para cuestionar la reconstrucción del episodio.
Romero reconoció haber robado la bicicleta, pero negó haber querido matar al policía. Sostuvo que el disparo se produjo accidentalmente durante el forcejeo.
Además, Romero había llegado a juicio acusado de robo calificado por el empleo de un arma de fuego en grado de tentativa. Pero durante el debate la Fiscalía modificó su planteo y sostuvo que se trataba de dos hechos: el robo de la bicicleta y un homicidio criminis causa en grado de tentativa contra Bassolino.
En el alegato final, además, presentó una reconstrucción diferente del enfrentamiento y sostuvo que Romero había apuntado al policía a corta distancia y disparado con intención de matarlo. Como alternativa, pidió que se considerara un homicidio con dolo eventual en grado de tentativa.
Para el Tribunal, el problema no fue solamente el cambio de calificación jurídica. Los jueces entendieron que también se había modificado la base fáctica de la acusación.
La jueza Analía Carrillo, cuyo voto fue acompañado por Claudio Bernard y Silvia Hoerr, sostuvo que esas variaciones afectaron el principio de congruencia y el derecho de defensa. “La mutación afecta de manera palmaria la correlación entre la imputación y el fallo”, señaló.
Por ese motivo, el TOC II concluyó que una condena habría vulnerado las garantías previstas por el artículo 18 de la Constitución Nacional y absolvió a Romero.
Además, ordenó su inmediata excarcelación, siempre que no existieran otras órdenes de captura. Después de más de tres años detenido, Marcos Damián Romero recuperó la libertad.


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