Durante toda esta semana, el Centro Regional de Hemoterapia de La Plata continuará realizando colectas de sangre en distintos puntos de la ciudad y seguir sumando actividades a las ya realizadas en estos últimos días.
Reducen en La Plata condena de 40 años al “Chacal de Cañuelas” en histórico Juicio por la Verdad
Un Tribunal Oral de nuestra ciudad dictó la primera sentencia del país con esa modalidad. El condenado abusó de su hijastra menor de edad discapacitada durante varios años, la embarazó tres veces y la mantuvo en cautiverio y esclavitud durante dos décadas. Escabrosos detalles de un litigio judicial sin precedentes.
Región13 de noviembre de 2024Ante tanto horror, los jueces buscaron la verdad porque parte de la causa estaba prescripta. El Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata ventiló ayer un “Juicio por la Verdad” histórico y sin precedentes, para establecer la responsabilidad del denominado “Chacal de Cañuelas” por la violación de su hija menor de edad y con retraso mental, durante 17 años, a la que además dejó embarazada –en tres ocasiones- y “esclavizó” a través de salvajes tormentos, manteniéndola en cautiverio durante casi dos décadas.
Tal como reflejó Capital 24, los magistrados del Tribunal IV habían condenado a 40 años de prisión a Miguel Ubaldo Reynoso alias el “Chacal de Cañuelas” en abril de 2023, pero la defensora oficial María Vigorelli apeló a Casación, planteando que, al menos uno de los cuatro hechos imputados había prescripto por la acción del tiempo.
Los jueces de la Casación bonaerense, recientemente, Eduardo Kohan y Carlos Natiello consideraron que uno de los hechos estaba prescripto y que el Tribunal IV de La Plata debía volver a expedirse. Justo ese “hecho” era probar el abuso sexual con acceso carnal a la menor.
Ante semejante revés judicial propinado por la Casación, ayer, los jueces del Tribunal Oral IV de La Plata -según dio a conocer la Agencia de Noticias Fueros-, en una instancia que no posee antecedentes en la administración de justicia bonaerense y nacional, realizaron un “Juicio por la Verdad” al no poder dictar sentencia contra el “Chacal” Reynoso.
Si no hay sentencia, que al menos haya una reparación y que la víctima sepa lo que pasó. Ese fue el espíritu del histórico Juicio por la Verdad concretado ayer en el fuero penal de 8 y 56. Es que, tal como establece la normativa de este tipo de juicios, y que son utilizados en su mayoría para los delitos de lesa humanidad, los jueces del Tribunal platense consideraron que los aberrantes ultrajes a los que sometió a su hija, debían ser considerados imprescriptibles.
Pero la sed de justicia era insuficiente. Aquella condena de 2023 de 40 años de prisión contra el “Chacal” había sido herida de muerte por la Casación, al declarar la extinción de la acción penal por uno de los hechos ultrajantes más denigrantes cometidos por el acusado. Fue así que ayer, los jueces del Tribunal IV de nuestra ciudad, Carolina Crispiani, Emir Caputo Tártara y Juan Carlos Estrada resolvieron dar por comprobado los hechos ilícitos a través del inédito Juicio por la Verdad, “declarando la responsabilidad internacional del Estado Nacional”.
Este fallo del Tribunal IV de La Plata se convirtió así en la primera sentencia de nuestro país, donde luego de la celebración de un juicio oral, se establece un “Juicio por la Verdad”. De los cuatro hechos imputados, quedaron tres sin extinguir. Por ellos, el Tribunal dictó además una nueva condena de 30 años de prisión. Diez años menor al veredicto dispuesto en abril de 2023.
Con esta acción, los jueces del Tribunal IV, por mayoría, ya que el juez Estrada votó en disidencia, quisieron exponer los enormes problemas del sistema de administración de justicia para llevar adelante en tiempo y forma el juzgamiento en casos tan sensibles, con penas en expectativa tan gravosas, delitos sumamente aberrantes y victimizaciones crueles y lacerantes de por vida.
El Juicio por la Verdad es una instancia judicial no punitiva que busca esclarecer los hechos en situaciones donde, por el paso del tiempo o la falta de pruebas suficientes, ya no es posible perseguir penalmente al acusado debido a la prescripción de los delitos. Este tipo de juicio es especialmente relevante en casos de abuso sexual infantil, en los que muchas víctimas deciden hablar muchos años después de los hechos.
En el Fuero Federal de La Plata se había utilizado a partir de 1998 este tipo de instrumentos procesales previo al juzgamiento por delitos de lesa humanidad que luego se convirtieron en juicios criminales con las condenas ejemplares a prisión perpetua de Christian Von Wernich o Miguel Etchecolatz, por citar algunos ejemplos simbólicos en materia judicial.
Pero en el ámbito de la justicia penal provincial no se habían producido experiencias semejantes. La de ayer, fue la primera en su tipo a nivel nacional. El mecanismo del Juicio por la Verdad posibilita a las víctimas exponer su historia y obtener un reconocimiento judicial sobre lo sucedido, lo que puede ayudar en el proceso de reparación psicológica y emocional, aunque no derive en una condena. Es un instrumento procesal para que el Estado y la sociedad reconozcan oficialmente que estos actos ocurrieron, buscando aliviar el sentimiento de impunidad y dar visibilidad a las experiencias de las víctimas.
Si bien no hay consecuencias penales para el acusado, el Juicio por la Verdad, puede obligarlo a declarar y enfrentar los testimonios de la víctima y los posibles testigos. Además, el proceso tiene un valor social y simbólico, ya que permite a la víctima expresar su verdad en un contexto formal, lo que puede contribuir a sensibilizar a la sociedad sobre el impacto de los delitos sexuales, en especial en los casos que involucran a menores.
A partir del Juicio por la Verdad ventilado ayer, la fiscal Helena de la Cruz podría solicitar que el “Chacal” Reynoso sea citado a declarar nuevamente. Los delitos endilgados son “acceso carnal agravado por la situación de convivencia pre existente, privación ilegal de la libertad agravada por condición de conviviente de menores de 18 años y de persona discapacitada y a quienes se debe respeto particular; coacción y lesiones agravadas”.
Ubaldo Miguel Reynoso (64), alias el “Chacal de Cañuelas” fue finalmente condenado por aberrantes delitos sexuales contra una menor de edad con discapacidad. El tribunal de Casación dictaminó que la acción penal había prescripto para el delito de abuso sexual con acceso carnal a la menor cuando tenía 13 años, pero el Tribunal Oral Criminal IV de La Plata decidió mantener la declaración de culpabilidad en el "Juicio por la Verdad" para garantizar el derecho de la víctima a conocer la verdad.
El “Chacal” abusó sexualmente de su hijastra, M., a lo largo de 17 años, motivo por el cual la joven quedó embarazada en tres ocasiones. En el juicio oral fue condenado a 40 años de prisión. En su alegato la fiscal de juicio Helena de la Cruz había solicitado una condena a 50 años de cárcel el 20 de abril de 2023.
Ayer, los jueces del Tribunal IV de La Plata fijaron finalmente la pena de 30 años, 10 años menos que la condena anterior, teniendo en cuenta la prescripción de algunos delitos. Lo más importante de ese resolutorio fue la declaración de responsabilidad internacional del Estado Argentino por no haber garantizado la protección de la víctima.
Según informó Capital 24 en la primera sentencia, el “Chacal” Reynoso estaba imputado por mantener en cautiverio a la víctima, quien padece un retraso madurativo y era menor de edad al momento de los hechos. En la actualidad, la víctima tiene 32 años y es madre de tres hijos de 6, 11 y 16 años, todo producto de las violaciones del condenado. Durante el juicio, las pericias de ADN determinaron que Reynoso es el padre de los tres hijos de la joven.
La fiscal De la Cruz sostuvo entonces que "se encuentra acreditado que, durante febrero de 2005, en un domicilio de la calle Santiago del Estero de Ezeiza, un sujeto, aprovechando la relación preexistente y convivencia, y la imposibilidad de la víctima de consentir su acción, abusó de una nena que entonces tenía 13 años". Respecto a la segunda violación, el Ministerio Público argumentó que ocurrió en diciembre de 2010 en una vivienda de Cañuelas. En esa ocasión, Reynoso "bajo amenazas y aprovechando la imposibilidad de la víctima de consentir libremente, violó a la joven de 18 años". En 2016, el acusado volvió a abusar sexualmente de la mujer. En las tres ocasiones, M. quedó embarazada.
Cuando Marcela Alejandra De Este, la madre de la víctima, formó pareja con el "Chacal", la damnificada tenía 21 días de vida. De esta relación nacieron dos medios hermanos de la joven. Desde los tres años, M. vivió con su abuela hasta el momento en que falleció. Ante la muerte de su familiar, la justicia ordenó que la menor sea restituida a su madre, motivo por el cual la niña se incorporó a la vivienda de su familia en Ezeiza. En ese momento, comenzaron los abusos de Reynoso hacia la víctima, quien fue violada por primera vez cuando tenía 13 años. Aquel hecho, fue apenas el comienzo del tenebroso calvario al que iba a ser sometida por el “Chacal”. Y que ayer, a través del Juicio por la Verdad intentó ser reconstruido y acreditado en los estrados de nuestra ciudad. ¿Será justicia?
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