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Luego de quedar en evidencia la manera en que el Poder Judicial suele utilizar todo su andamiaje en delitos menores o de menor cuantía, disponiendo de gran cantidad de recursos materiales y humanos, tras la detención, procesamiento y final absolución en La Plata de un joven imputado de robar un calzoncillo usado, ahora llegó su turno de exigir una reparación por el “daño sufrido”.
Región18 de febrero de 2025Se trata del joven Franco Robledo, quien estuvo más de 30 días detenido y sindicado por un robo “sin pruebas” suficientes. Ayer, su abogado defensor, Ignacio Fernández Camillo, reclamó que tras la absolución de su asistido, un pedido de “reparación integral del daño sufrido” por la privación ilegal de la libertad en el marco de un procedo judicial que carecía de pruebas concretas en su contra.
La presentación del defensor fue formulada ante el juez del Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata, Hernán Decastelli. El letrado citó el artículo 477 del Código Procesal Penal bonaerense, que establece la posibilidad de reclamar una compensación cuando una persona es sometida a prisión preventiva y luego absuelta.
El abogado argumentó que su asistido estuvo desde el 11 de septiembre de 2024 hasta el 24 de octubre de 2024, periodo durante el cual se lo privó de su libertad sin pruebas contundentes en su contra.
"El Estado provincial debe reparar el daño causado por esta privación ilegítima de la libertad. Mi defendido fue detenido sin pruebas sólidas, soportó un proceso judicial absurdo y al final del juicio fue absuelto porque no existía ninguna certeza sobre su participación en el hecho", dijo el letrado, destacando que la reparación no solo debe contemplar el equivalente al salario mínimo, vital y móvil por el tiempo en que estuvo detenido, sino también una compensación por el daño moral sufrido.
El 11 de septiembre de 2024, Robledo fue detenido en inmediaciones de la calle 72 entre 4 y 5, tras una denuncia por robo en una vivienda. Dijeron que había hurtado un calzoncillo usado de la casa de la presunta víctima. La prenda en cuestión, un boxer marca UOMO de color negro con elástico verde, fue secuestrada por personal del Comando de Patrullas y trasladada a la comisaría Novena.
Pero en el juicio oral la víctima reconoció que nunca vio a Robledo dentro de su casa ni pudo identificarlo en el lugar del hecho. Cuando la Policía le exhibió el calzoncillo en la comisaría, inicialmente creyó que era suyo, pero al llevarlo a su hogar, su esposa le aseguró que no estaba segura de su pertenencia.
El fiscal de juicio Sergio Delucis decidió desistir de la acusación tras escuchar los testimonios. "Analizando la prueba en su conjunto hay más dudas que certezas, no se acreditó la autoría", afirmó Delucis y el juez Decastelli dictó la absolución resaltando además la conducta del fiscal.
El defensor Fernández Camillo argumentó que no es la primera vez que su asistido, Robledo, fue privado de su libertad injustamente. Antes, estuvo detenido durante dos años en el marco de otra causa y también fue absuelto por el Tribunal en lo Criminal II de nuestra ciudad.
"Este no es un caso aislado. Mi defendido ya fue víctima de un proceso similar, donde estuvo preso injustamente y luego fue absuelto. Es evidente que se trata de una situación donde el Estado debe hacerse responsable por la afectación que ha sufrido", enfatizó Fernández Camillo. La reiteración de detenciones sin pruebas sólidas refuerza el reclamo de una compensación que, según la defensa, no solo procura un resarcimiento económico, sino también sentar un precedente sobre el abuso de la prisión preventiva, a modo de “condena anticipada”.
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