Confirman a un juez de La Plata para que revise los nombramientos a “dedo” en la Corte

La Casa Rosada pretendía apartar a Alejo Ramos Padilla. Pero el fuero contencioso administrativo federal no aceptó el pedido y el magistrado de nuestra ciudad seguirá al frente del expediente.

Región20 de marzo de 2025
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A pesar de que el Poder Ejecutivo había realizado varias maniobras para evitar que la causa por los nombramientos de los ministros de la Corte Suprema quede en el fuero platense, ayer fue denegado el planteo de la Casa Rosada y un juez federal de La Plata quedará a cargo del expediente. 

Se trata del magistrado a cargo del Juzgado Federal 1 de nuestra ciudad, Alejo Ramos Padilla. Ayer, la jueza en lo contencioso administrativo federal, Cecilia Girardi Madariaga De Negre, rechazó el pedido del Gobierno nacional de Javier Milei para que cambie de juzgado la causa en la que se reclama la inconstitucionalidad del decreto del Poder Ejecutivo que nombró en comisión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación a Ariel Lijo y a Manuel García-Mansilla.

De esta manera, el expediente seguirá a manos del juez Ramos Padilla. En rigor, es un amparo que presentaron ONGs. El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Justicia de la Nación, se había presentado en los tribunales contenciosos federales para plantear una inhibitoria. 

 

Competencia y jurisdicción

 

El Ejecutivo pretendía que la jueza en lo contencioso, De Negre, le reclame a Ramos Padilla la causa. Sin embargo, la magistrada rechazó de plano esa petición.

La jueza compartió el dictamen del fiscal Miguel Ángel Gilligan que había pedido que no se acepte la inhibitoria del Gobierno porque la ley de amparos no prevé que se discuta cuestiones de competencia. 

En ese sentido, el fiscal había afirmado “considero que debería desestimarla porque la ley 16.986, en su art. 16, prohíbe la articulación de cuestiones de competencia en las acciones de amparo, carácter que corresponde atribuir en el caso a la pretensión inhibitoria, cuyo objeto consiste precisamente en el desplazamiento de la aptitud para conocer en el amparo”.

 

Amparo denegado

 

“Se ha interpretado reiteradamente que sólo el juez de la causa y el fiscal poseen la facultad de discutir tal cuestión, estando vedada a las partes tal posibilidad”, remarcó el fiscal en su planteo, que fue convalidado por la jueza De Negre. 

En tal sentido, la magistrada concluyó que “en virtud del pormenorizado análisis efectuado por el Sr. Fiscal Federal cabe remitirse a lo dictaminado por el Sr. Representante del Ministerio Público, cuyos sólidos argumentos comparto, debiendo -en consecuencia- rechazar la pretensión intentada”.

Tal como viene informando Capital 24, el presidente Milei designó mediante el decreto 137/2025 a Lijo y a García-Mansilla como jueces de la Corte Suprema de la Nación, en comisión hasta fines de noviembre. 

García-Mansilla ya asumió en su cargo como cortesano. Pero Lijo no lo hizo. Debería renunciar como juez federal ya que la Corte Suprema no le concedió la licencia que había requerido. Lijo tampoco tiene previsto renunciar.

Sus designaciones se produjeron al mismo tiempo que el Senado se encontraba en receso y debatiendo sus pliegos que habían sido enviados el año pasado por el Gobierno, tal como establece la Constitución Nacional. 

Los dos pliegos ya tienen dictamen de la Comisión de Acuerdos y ahora se espera que los trate el Senado con la expectativa que los rechace por la objeción al Poder Ejecutivo de haberlos nombrado por decreto.

 

Amicus curiae

 

Por esa designación, se inició una causa en la justicia federal de La Plata, en el fuero de calle 8 y 50. Los planteos fueron formulados por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) y el abogado Luis Fernando Cabaleiro. 

A esa presentación inicial también se sumaron Poder Ciudadano, CELS, INECIP y ACIJ y la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, se presentó como “amicus curiae”. En su conjunto, todos los peticionantes reclaman la inconstitucionalidad del decreto.

 

Recusación

 

El amparo colectivo había comenzado a instruir por el juez Ramos Padilla, al abrir la causa y darle trámite. Abrió la causa y le dio el trámite de amparo colectivo. El Gobierno nacional hizo en el expediente varias presentaciones. Una de ellas fue informarle al juez federal de La Plata que había iniciado en la justicia de la ciudad de Buenos Aires el pedido para que cambie de tribunal, lo que ayer fue rechazado. También presentó un informe en el que defendió el decreto, recusó sin causa a Ramos Padilla y pidió que el amparo sea rechazado “in limine”. Hasta allí, el Ejecutivo nacional había evidenciado un pronunciado interés para que la causa sea removida a los cercanos tribunales de Comodoro Py. 

Ante aquel planteo de la Casa Rosada, Ramos Padilla rechazó la recusación y la objeción al trámite como amparo colectivo. Además, emplazó por el término de 10 días al Gobierno para que conteste la demanda contra el decreto y cinco días a Lijo y a García-Mansilla para que hagan lo mismo. Ese emplazamiento aún está en trámite. Lijo, García-Mansilla y el Gobierno ya fueron notificados. Y el emplazamiento sigue corriendo. 

 

Antecedente

 

Ahora el juez Ramos Padilla se encuentra en condiciones de resolver si declara la inconstitucionalidad de los decretos. Como dio a conocer en su momento Capital 24, el juez federal de La Plata cuenta en su haber con un precedente similar. Cabe recordar en ese sentido, que en 2016 le ordenó a la Corte Suprema que no le tome juramento a Horacio Rosatti y a Carlos Rosenkrantz porque también habían sido nombrados por decreto y se había iniciado una causa similar. Aquel decreto, en definitiva, quedó sin efecto y el entonces Gobierno de Mauricio Macri inició el trámite de nombramiento que establece la Constitución Nacional y el Senado aprobó a los candidatos.

Paso a paso

 

En la reconstrucción que llevó al Ejecutivo a intentar desplazar al juez de La Plata, el primero en mover las piezas en el tablero fue el recientemente designado procurador del Tesoro de la Nación, Santiago Castro Videla, quien argumentó que tenía que ser la federal en lo contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires la que debería revisar el decreto 137/2025 a través del cual Javier Milei designó a Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo en comisión en la Corte pese a no contar con el aval del Senado.

En menos de 24 horas del planteo de Castro Videla, se presentó en los tribunales de nuestra ciudad Elisa “Lilita” Carrió para exigirle a Ramos Padilla que la admitiera como amicus curiae (amiga del tribunal)

A su turno, el fiscal Miguel Ángel Gilligan desestimó el argumento del Gobierno de La Libertad Avanza, que insiste que, como el decreto se firmó en la Ciudad de Buenos Aires, debe ser la justicia federal porteña la que revise su constitucionalidad.

El fiscal sostuvo que “la ley 16.989 prohíbe la articulación de cuestiones de competencia en las acciones de amparo, carácter que corresponde atribuir en el caso a la pretensión inhibitoria, cuyo objeto consiste precisamente en el desplazamiento de la aptitud para conocer en el amparo”.

Fue en esa línea, impulsada por el fiscal, al destacar que son solo el juez y el fiscal de la causa quienes pueden plantear cuestiones de competencia, que ayer la jueza De Negre rechazó el planteo del Gobierno.

Ramos Padilla ya inscribió el litigio en el registro público de procesos colectivos y explicó que los afectados podrían ser los "ciudadanos del país que, como destinatarios del servicio de justicia, tienen derecho al acceso a una justicia independiente e imparcial y a que se respete la Constitución Nacional".

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