
Condenaron a los cuatro empresarios de la noche por la muerte de Emilia Uscamayta Curi

Apenas 32 segundos demandó la lectura del adelanto del veredicto. Tan solo eso. Todos culpables. En una sala de audiencias repleta y con la calle 8 -frente al Fuero Penal, entre 56 y 57-, colmada de amigos y familiares de la víctima, el Tribunal Oral Criminal (TOC) N° III de La Plata condenó ayer por el delito de homicidio culposo a los cuatro empresarios acusados de la muerte de Emilia Uscamayta Curi, la joven que se ahogó en una pileta en 2016 durante una fiesta clandestina en una casaquinta de 520, entre 159 y 160.
Los empresarios condenados son Carlos Bellone, Raúl "Peque" García, Santiago Piedrabuena y Gastón Haramboure, en tanto que el detalle de la sentencia se difundirá el viernes, según indicó el presidente del TOC III, Ernesto Domenech, junto a los vocales Andrés Vitali y Santiago Paolini.
"El fallo es condenatorio por el delito de homicidio culposo para todos los imputados. La sentencia estará completa el día viernes", precisó Domenech, sin más comentarios. No hubo fundamentos ni montos de pena aplicados.
Con este veredicto, los jueces dieron por probado la culpa y no el dolo en el homicidio. La fiscalía y la familia de la víctima –en el rol del particular damnificado-, habían pedido en sus alegatos, la pena de 14 años de prisión para García, Piedrabuena y Haramboure; en tanto para el dueño de la casa, Carlos Bellone, se solicitó una condena de entre 8 y 10 años de prisión.
Para esa parte acusadora la figura del homicidio doloso hubiera permitido aplicar una pena de prisión efectiva.
En tanto, los abogados defensores de los cuatro empresarios habían pedido la absolución con el argumento de que la joven estaba alcoholizada y que su hermano, Cristian, presente en la fiesta, debió cuidarla y retirarla del lugar.
Revictimización
"Los abogados defensores pidieron la absolución y se pidió al tribunal que no tome esos esquemas de defensa porque se sostienen en la revictimización de la víctima", afirmó ayer el letrado de la familia de la joven fallecida, Adrián Rodríguez Antinao.
"Ellos crearon una fuente de riesgo pero dicen que Emilia y su hermano potenciaron esa fuente de riesgo –subrayó el querellante-, pero si Emilia estaba como dicen, alcoholizada, en situación de vulnerabilidad, ellos potenciaron esa vulnerabilidad en afán de dinero".
Para el abogado del particular damnificado, el personal de seguridad está habilitado para retirar de la fiesta a aquella persona que no está en condiciones o que provoca desmanes y que "no necesitaban un desalojo policial, como argumentan".
"Luego atribuyen a Cristian (Uscamayta Curi, el hermano de Emilia) la culpa de Emilia por tomar y por no hacer abandono de la fiesta, como que el garante era el hermano, pero esa es una postura patriarcal", enfatizó el letrado.
Lo que viene: apelaciones de acusadores y defensas ante la Casación
Ayer, cientos de personas llegaron hasta calle 8 entre 56 y 57, cortaron el tránsito y montaron una radio abierta a la espera del adelanto de veredicto. La familia y los amigos de la víctima no se fueron conformes con el resultado, esperaban una condena por homicidio doloso y una pena de prisión efectiva.
En la movilización también participaron autoridades y compañeros de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de La Plata junto a organizaciones sociales. La marcha comenzó muy temprano en Plaza Moreno y luego se dirigió al fuero penal.
Adrián Rodríguez Antinao y su colega Ignacio Fernández Camillo apelarían el veredicto del Tribunal III de La Plata ante la Casación bonaerense. Para ello, deberán aguardar los fundamentos de la resolución.
La misma situación se registra en las defensas que están a cargo de los abogados Miguel Molina y Alfredo Gastón (Bellone y García); Juan Di Nardo y Alejandro Montone (Piedrabuena); junto a Belén Franchino y Marcelo Peña (Haramboure)
El delito aplicado en la sentencia es el de homicidio culposo que tiene una pena de 3 a 5 años de prisión. El juicio oral insumió 12 audiencias y 73 testigos.


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