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El caso “Jey Mammón”: ¿Podemos decir que es inocente?
El pasado 12 de mayo, en el programa Almorzando con Juana (El Trece) se vivió un tenso momento cuando el invitado Jey Mammón contó que la justicia lo declaró inocente en la causa que se le seguía por abuso sexual contra Lucas Benvenuto, y la periodista Valeria Sanpedro salió a su cruce: “No es inocencia, la Justicia no te declaró inocente, lo que determina la Justicia es que la causa prescribió” le enrostró la invitada.
Actualidad 24 de mayo de 2024Escribe: Julián Farina Balbi
Lo cierto es que la causa penal fue cerrada por prescripción (Juzgado Nacional Crim. y Corr. Nº3) y por lo tanto Mammón sobreseído definitivamente, desvinculado de la causa. Esto se debe a que la denuncia de Benvenuto es de diciembre de 2020, y se basaba en hechos del año 2006. De tal manera, la ley penal aplicable resulta la del momento del hecho, no la vigente al momento de la denuncia; por este motivo no puede aplicarse al caso la ley 27.206 (“Ley Piazza”) que otorga a las víctimas mas tiempo para denunciar al suspender la prescripción hasta que el menor víctima de abuso realice la denuncia o alcance su mayoría de edad.
Aclaremos lo que ocurrió en esa discusión: ¿Podemos decir que Jey Mammón es inocente? ¿Tiene razón Sanpedro cuando dice que la justicia no lo declaró inocente?
La verdad es que la justicia no lo declaró inocente a Jey Mammón, pero lo que ocurre es que la justicia no declara inocencias, nunca; ni en este caso ni en ningún otro. Ese “certificado” de inocencia que parece ser exigido no existe. Por lo tanto, lo que expresa Sanpedro no se le puede exigir a ningún imputado en ninguna causa penal.
El proceso penal termina con una sentencia, y solo tiene dos caminos: o condena y aplica una pena, o absuelve y desvincula. Si hay condena es porque el imputado fue encontrado culpable de un hecho concreto. Si hay absolución -o sobreseimiento en un momento previo al juicio- es porque no se pudo probar en ese juicio específico una determinada acusación, esto puede ser por distintos motivos, pero nada tiene que ver con la inocencia. Solo nos dice que los cargos no se probaron. Nada más.
La inocencia nunca se prueba, la inocencia se goza por mandato constitucional. Lo que se pone a prueba en el juicio es la versión de los hechos de la acusación que intentan destruir esa inocencia, pero no probar esta ultima que ya se tiene.
Por lo tanto, Jey Mammón, ante el sobreseimiento, es tan inocente como lo era antes de iniciar el proceso. El estado de inocencia se mantiene siempre hasta que exista una sentencia firme que diga lo contrario.
Sin embargo, a pesar de la imperfección técnica, es fácil interpretar hacia donde apuntaba la periodista con su intervención. Y es que resulta verdadero que el caso, al haberse prescripto la acción penal por el paso del tiempo no pudo avanzar en la investigación, y por lo tanto no pudo llegarse a juicio —y lo que Sanpedro apuntaba— no se pudo poner a prueba la versión de los hechos denunciados ante un tribunal. Dicho con claridad: acá no se pudo someter a prueba la versión del denunciante, no sabemos si en ese caso hubiera correspondido una condena; y eso es cierto.
Pero aunque el juicio hubiera ocurrido, la sentencia nunca podría haber declarado ninguna inocencia. O bien se habría condenado a Mammón, o por el contrario se lo habría absuelto, esto puede deberse a variedad de motivos; pero en cualquier caso, ello nunca implica una declaración de inocencia, solo de no culpabilidad ante el caso concreto.
Por otra parte, debe quedar claro que el proceso penal pretende descubrir la verdad de los hechos, y así condenar solo cuando el imputado cometió de verdad el hecho, y absolver cuando esto no ocurrió. Pero esta coincidencia entre lo que dice una sentencia y lo que realmente ocurre en la realidad no puede garantizarse, es un objetivo que no tenemos asegurado de ninguna manera.
Esto quiere decir que, a pesar de que Mammón sea sobreseído por prescripción, o incluso de haberse hecho el juicio, ser condenado o absuelto, esto solo tiene que ver con la posibilidad de aplicar una pena en un proceso, pero nada nos dice sobre lo que realmente ocurrió en la vida real. Las sentencias determinan cuando un hecho está probado o no probado, pero no son oráculos que nos puedan decir qué pasó verdaderamente en el mundo. Hasta el día de hoy, es el método más fiable que tenemos para determinar la responsabilidad de una persona, nada dice que deba ser así para siempre.
(*) Abogado UNLP.
Especialista en Prueba Penal por la U. de Castilla La Mancha.
Director Legal en Estudio Farina Balbi
Whatsapp: 221–561-9155
Instagram: @dr.julianfarinabalbi
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