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Máxima pena en La Plata por asesinar a dos mujeres luego de violarlas y someterlas a tormentos físicos
Un tribunal condenó a los acusados. El ADN de uno de ellos en la escena del crimen fue la clave. Las víctimas, madre e hija, de 53 y 22 años, respectivamente.
Región30 de diciembre de 2024Las golpearon con saña y las abusaron sexualmente. El hecho ocurrió hace 10 años. Recién ahora se hizo el juicio.
Tras los ultrajes sexuales y los golpes recibidos, que hasta incluyeron fracturas en los huesos, madre e hija quedaron agonizantes y fallecieron tiempo después del feroz ataque. El caso ocurrió el 23 de noviembre de 2024. Recién ahora se ventiló en juicio oral y público, culminando con un veredicto condenatorio de prisión perpetua para los dos acusados, Cristian Daniel Britte y Cristian Benitez.
El doble femicidio ocurrió en una vivienda de nuestra región, más precisamente, en la localidad de Ángel Etcheverry. El fallo fue dictado por el Tribunal en lo Criminal IV de La Plata y contó con el voto inicial de la jueza Carolina Crispiani, con la adhesión de sus pares, Emir Caputo Tártara y Pablo Raele.
“Abuso sexual con acceso carnal agravado por la muerte de las víctimas”, fueron los delitos por los que el Tribunal arribó al veredicto condenatorio. Los jueces destacaron que la violencia ejercida contra las mujeres fue de una crueldad extrema, donde sus cuerpos fueron tratados como un "campo de batalla simbólico", negándoles toda dignidad. Los agresores ejercieron un control absoluto sobre ellas, inscribiendo su autoridad a través de las marcas, heridas y la muerte.
Para los magistrados quedó demostrado que el ataque se produjo en una vivienda ubicada en la calle 226 entre 46 y 47. Ramona del Valle Roldán, de 53 años; y su hija Gisela Jésica Sosa, de 22; fueron sorprendidas por al menos dos individuos que irrumpieron en su hogar, propinándoles una serie de agresiones que terminaron con consecuencias fatales para una de ellas.
También se estableció en la sentencia que la madre sufrió fracturas de cráneo como resultado de los golpes recibidos y fue objeto de un abuso sexual que la dejó gravemente herida. Tras una agonía de casi una semana en el Hospital de Melchor Romero, falleció.
En tanto, su hija de 22 años murió nueve meses después tras sufrir un paro cardiorrespiratorio a causa de shock séptico producto, según la familia, de las numerosas intervenciones quirúrgicas a las que debió ser sometida tras el ataque.
En el veredicto al que tuvo acceso Capital 24, la jueza Crispiani en su voto aseveró que la agresión sexual se desarrolló "con inusitada violencia", dando cuenta de los espeluznantes detalles y poniendo de relieve el aporte pericial que confirmó la violencia de las lesiones causadas a las víctimas.
Las pericias médicas confirmaron que las lesiones fueron de carácter violento. El fallo también indica que las víctimas fueron consideradas “objetos descartables” y establece que la muerte de las víctimas fue consecuencia del atroz abuso sexual al que fueron sometidas, lo cual debe generar influyentes consecuencias tanto individuales como en la sociedad.
"En nuestro sistema jurídico, para juzgar los conflictos en los cuales las mujeres son víctimas de violencias en sus distintas manifestaciones, es necesario adoptar un punto de partida crítico, que ponga en evidencia que la realidad se encuentra atravesada por patrones de dominación que reproducen la discriminación de las mujeres", enfatizó la jueza Crispiani.
Como se mencionó, la magistrada resaltó que la violencia ejercida contra las mujeres fue de una crueldad extrema, donde sus cuerpos fueron tratados como un "campo de batalla simbólico", negándoles toda dignidad.
Para Crispiani, los agresores ejercieron un control absoluto sobre ellas, inscribiendo su autoridad a través de las marcas, heridas y la muerte.
Los jueces Caputo Tártara y Raele adhirieron a la postura de su colega preopinante y validaron el pedido de prisión perpetua para los acusados Britte y Benitez, solicitado por la fiscal de juicio Silvina Langone al momento de formular su alegato, tal como adelantó Capital 24.
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