Juez de La Plata ordenó que siga en la cárcel la acusada de matar a una abogada

Por el crimen de la letrada de nuestra ciudad, Verónica Dessio, integrante del primer matrimonio igualitario en la provincia de Buenos Aires, la imputada por instigar ese homicidio había pedido una excarcelación. Dijo que era para cuidar a su madre. El planteo fue denegado
Región03 de enero de 2025
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Por un delito con pena única en expectativa de prisión perpetua, Ivana Verónica Mapis deberá seguir presa en una unidad penitenciaria a la espera del juicio oral que la tendrá como acusada de instigar el crimen de la abogada platense, Verónica Dessio.  

Así lo dispuso el juez penal de La Plata, Claudio Joaquín Bernard, del Tribunal Oral en lo Criminal II de nuestra ciudad al rechazar el pedido de arresto domiciliario que había formulado la acusada Mapis.  

El argumento había sido que tenía que cuidar a su madre, de edad avanzada y con problemas de salud. Y el juez lo rechazó de plano. Consideró al gravedad del delito que se le imputa, la elevada pena en expectativa, el riesgo de fuga y en particular, que la madre de la acusada, está al cuidado de otros familiares.  

La abogada Dessio integró el primer matrimonio igualitario en la Provincia de Buenos Aires. Fue allí que por primera vez su caso escaló en los medios de comunicación. Hace poco más de cuatro años, la letrada platense fue hallada muerta en su casa de 5 entre 636 y 637, en Parque Sicardi.  

Los forenses comprobaron que Dessio había sido atacada a puñaladas por la espalda. Tenía múltiples heridas y fracturas, desde el cuello hasta las piernas. Se trató de un asesinato atroz.  

Tal como anticipó Capital 24, la acusada por ese homicidio, Mapis, a través de su defensa había pedido recientemente al Tribunal II que le otorgue una morigeración de la prisión preventiva con un arresto domiciliario.  

“Voy a tener en consideración que se atribuye a Ivana Verónica Mapis la comisión del delito de homicidio agravado por alevosía y por precio en los términos del art. 80 incisos 2° y 3° del Código Penal, en el que se le asigna el rol de instigadora y por el cual se encuentra privada de su libertad en forma ininterrumpida desde el día cinco de enero del año dos mil veintiuno (05/01/2021), conforme se desprende del acta agregada a fs. 406/409 de la principal”, argumentó en su resolución el juez Bernard.  

El magistrado del Tribunal Oral II remarcó que la pena que se espera como resultado de la investigación -prisión o reclusión perpetua- y lo que se desprende de un informe ambiental, señalando que eso le “permite concluir no solo que no se encuentran reunidos los criterios de excepcionalidad a los que alude el art. 163 -en su remisión al 159- del Código Procesal Penal, sino además que no otra medida que la de detención carcelaria resulta suficiente para garantizar los fines del proceso y, en su caso, el efectivo cumplimiento de la pena”.  

Bernard fue categórico al afirmar que la madre de la imputada Mapis, “nada dice acerca de las patologías que presenta ni de la necesidad de contar con ayuda y/o cuidados en particular”.  

“Por el contrario, señaló que a más de la encartada (Mapis) cuenta con dos hijos mellizos, hombre y mujer, a la fecha de 40 años de edad, que se domicilian en la misma ciudad que ella y con los que mantiene trato diario, contando con alguno de ellos para que una vez al mes concurrir a la dependencia carcelaria a visitar a su hija”, puntualizó el magistrado. 

Al descartar la relevancia de la problemática de salud de la madre de la acusada, el juez indicó que “de lo que dejase reseñado se desprende sin esfuerzo alguno que con independencia de la problemática de salud que por la edad pudiera presentar, la progenitora de Ivana Mapis no se encuentra en una situación de aislamiento y/o desamparo por el que la presencia de su hija resulte imprescindible en la morada, pues la misma cuenta con el apoyo y sostén de sus otros dos hijos que no solo viven en la misma localidad sino con los que, tal como ella misma reconoció, mantiene contacto diario, por lo que no se advierte situación alguna excepcional que amerite la concesión del beneficio a tal fin requerido”. 

Con esos argumentos, el juez rechazó el pedido de arresto domiciliario para Mapis. No obstante, tuvo en cuenta que la acusada manifestó que “ha presentado problemas de hipertensión por los que no ha recibido adecuada atención”. Por ello, el magistrado libró oficio a la Unidad Sanitaria de la dependencia carcelaria en la que Mapis se encuentra alojada a fin que “se arbitren los medios para que se le brinde la asistencia y/o tratamiento que la patología amerite”. 

Mapis y José Antonio Alves, sindicado como el supuesto autor del homicidio de Dessio serán juzgados en 2027. Para ese año fue fijada la fecha del debate oral. El juez Bernard precisó en su dictamen que, tras la feria judicial de enero, el Tribunal II que integra, fijara la fecha para realizar el juicio.  

La fiscalía que instruyó el caso dio por probado que Mapis contrató a Alves para ejecutar el asesinato de Dessio, exesposa de Carolina Pérez –el primer matrimonio igualitario en la Provincia en 2010- y que al momento del hecho mantenía una relación sentimental con la acusada. 

Luego Dessio se separó de Pérez, pero siguió manteniendo muy buena relación. A su vez, Pérez comenzó un vínculo con Mapis. Esas relaciones fueron entrando en tensión. De allí que la fiscalía argumenta que la acusada Mapis ideó el homicidio de Dessio y además contrató a Alves para cometerlo. 

 

Sin perito para el abogado que causó el atropello fatal en 7 y 49 

 

Por “falta” de perito oficial no se pudo concretar hasta el momento las pericias de salud mental que habían sido dispuestas para el abogado Maximiliano Insaurralde, detenido bajo prisión preventiva por el fatal accidente de tránsito en la esquina de 7 y 49 en la que perdió la vida la médica Ana Fiorino.  

Insaurralde debía ser sometido a estrictos estudios forenses de su salud mental. Sin embargo, la ausencia de peritos en psicología impidió esos estudios.  

Esa insólita situación se viene dando en numerosas causas penales en las que se ven demorados los trámites procesales por la falta de expertos en psicología. En tanto, los estudios psiquiátricos a Insaurralde ya fueron culminados e incorporados al expediente. 

El fatal accidente se produjo hace casi cinco meses. En la mañana del sábado 10 de agosto, el abogado Insaurralde conducía a gran velocidad por la avenida 7, en pleno microcentro de La Plata, pasando al menos dos semáforos en rojo.  

El acusado se encuentra detenido por disposición del juez de garantías Agustín Crispo, por el delito de homicidio simple con dolo eventual.  

En su resolución, Crispo entendió que "debe considerarse el comportamiento conductivo antirreglamentario y disfuncional en la zona céntrica de esta ciudad por parte del sujeto activo con desenlace luctuoso (provocando la muerte de la acompañante del auto embestido y la internación del conductor)" y agregó que "las constancias obrantes en la causa permiten inferir fundadamente que el imputado se representó de manera seria y concreta el peligro y, cuanto menos, se mantuvo indiferente frente a su eventual producción". 

Al momento del hecho, Insaurralde iba al volante de su Renault Clio por avenida 7, con sentido a Plaza Italia, ignoró el semáforo y chocó el lateral de un Nissan March blanco en el que iban Fiorino (41), en el asiento del acompañante; y su pareja el policía Juan Manuel Roldán (42), conduciendo, quién sufrió, graves heridas. 

 

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