El presidente de Astillero Río Santiago, duro contra la disolución de la Administración General de Puertos

Tras oficializarse ayer en el Boletín Oficial la decisión del Gobierno nacional de disolver la Administración General de Puertos (AGP), Pedro Wasiejko, titular del Astillero Río Santiago y secretario General de la Federación de Trabajadores de la Energía, Industria y Afines (FETIA / CTA-T), aseguró que “el objetivo del gobierno es eliminar toda posibilidad de que el Estado administre el Canal Troncal de Navegación del Río Paraná”.

Región07 de enero de 2025
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Según Wasiejko, precisamente bajo el control estatal “se generó un superávit que se reinvirtió en mejorar los sistemas de control de las vías navegables por las que circula alrededor del 80% de la exportación nacional”, entre otros muchos beneficios.

El presidente de la constructora naval ubicada en Ensenada explicó que durante la gestión del gobierno anterior que encabezó Alberto Fernández, “la administración del Canal Troncal que había sido privatizado por (Carlos) Menem y (Domingo) Cavallo pasó nuevamente a manos del Estado”. 

“Bajo la gestión de la AGP, solo en el primer año se generó un superávit de 19 millones de dólares que se reinvirtió en mejoras en el sistema”, agregó Wasiejko, para de inmediato señalar que “solo para dar un ejemplo, el superávit del primer año se reinvirtió entre otras cosas, en el recambio de claraboyas provistas en un 95% por empresas nacionales”.

Seguidamente, el presidente del ARS recordó que también “se implementó tecnología que puede hacer un seguimiento en tiempo real de la ubicación de las embarcaciones y cámaras de seguridad que utiliza el Ministerio de Seguridad”.

“Lo que quedó claro es que el Canal Troncal administrado por la AGP dejó recursos para invertir en otras obras”, manifestó el presidente de la compañía dependiente del Gobierno bonaerense.

 

Administración

 
Según Wasiejko, la eliminación de la AGP “tiene el objetivo de que deje de existir el instrumento que permite administrar el canal troncal de navegación”, dado que la misma “tiene equipos, profesionales que saben de dragado, de controles”. 

“A uno puede gustarle o no la gestión, pero en definitiva es un ente autárquico del Estado nacional que puede encargarse de esa tarea y puede hacer contrataciones de manera eficiente”, destacó el presidente del Astillero ubicado en Ensenada. 

Luego, Wasiejko interpretó que “el principal objetivo es sacarla del juego para que no quede ninguna herramienta del Estado para administrar el canal troncal”, y que “si el día de mañana hay un cambio de Gobierno no va a existir ninguna herramienta que permita hacer esa administración, sino que se tendrá que volver a crear de cero”.

Por último, el también secretario general del Frente Grande de la provincia de Buenos Aires advirtió que “el Gobierno nacional pretende hacer la licitación del Canal Troncal a 30 años renovable por otros 30, sin pedir nada a cambio: simplemente algunas modificaciones de la profundidad del canal. Es una decisión absolutamente nefasta”.

 

 

Decreto

 

Cabe precisar que, ayer, el Gobierno de Javier Milei oficializó a través de un decreto la disolución de la Administración General de Puertos (AGP), sociedad estatal encargada de la administración del Puerto de Buenos Aires y, en los últimos años, de la Hidrovía del río Paraná, una vía clave para el comercio exterior del país.

Dicha medida fue publicada en el Boletín Oficial. Mediante el Decreto 3/2025, se dispuso la “disolución de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (AGP SAU) y la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES”. 

A su vez, se creó la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPyN), un ente autárquico del Ministerio de Economía.

Mediante esa publicación, el Gobierno explicó que esta entidad asumirá el rol de concesionario de la Vía Navegable Troncal hasta que se adjudique una licitación. Mientras que una vez que se entregue la concesión, estará a cargo de la fiscalización y el control, por si mismo o por terceros.

El Ejecutivo tomó el artículo 40 del Decreto 70/23 que “derogó la Ley Nº 20.705 de Sociedades del Estado, y por el artículo 48 de dicho decreto se dispuso que las sociedades o empresas con participación del Estado, cualquier sea el tipo o forma societaria adoptada, se transformarán en Sociedades Anónimas, sin prerrogativa pública alguna“.

“A lo largo de los últimos años la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL ha incrementado notablemente su estructura administrativa y la planta de personal con relación a la sus funciones y competencias”, destacó la gestión Milei.

En otro orden, se estableció que la conducción de este ente estará a cargo de un director ejecutivo con rango de Secretario de Estado. En ese sentido, se reglamentó en el Decreto 5/2025 que Iñaki Miguel Arreseygor sea el nuevo director ejecutivo de la ANPyN.

Vale aclarar que Arreseygor se venía desempeñando como subsecretario de Puertos y Vías Navegables en el Gobierno de Javier Milei y presentó formalmente su renuncia en los últimos días para asumir en este nuevo cargo.

 

 

Segunda empresa estatal disuelta

 

Con la publicación del decreto de ayer en el Boletín Oficial, la AGP se transforma en la segunda empresa estatal disuelta por la administración Milei. En octubre de 2024, ya había liquidado Trenes Argentinos Capital Humano, argumentando que la entidad no cumplía funciones esenciales.

Precisamente, la disolución de la AGP coincide con un momento crítico para el comercio exterior argentino, dado que actualmente se encuentra en marcha la licitación para el dragado de la Hidrovía del río Paraná, por donde transita el 80% de las exportaciones del país: este proyecto representa un negocio estimado en 9.000 millones de dólares, lo que generó una intensa competencia entre las principales empresas dragadoras del mundo, muchas de las cuales desplegaron estrategias de lobby en el país en busca de adjudicarse el contrato.

 

 

Una empresa china, ¡afuera!

 

Según la resolución que regula el proceso de licitación de la Hidrovía del río Paraná, las “personas jurídicas controladas, directa o indirectamente, por estados soberanos o agencias estatales” no pueden participar, conforme al artículo 16°. Esto impacta directamente a empresas como Shanghai Dredging Co., una filial de la China Communications Construction Company (CCCC), que queda excluida de la competencia por su naturaleza estatal.

 

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