Presentaron el Plan de Ordenamiento Territorial y Tratamiento de Loteos Ilegales

Es un proyecto de Ordenanza que impulsa el Gobierno municipal, mediante el cual busca definir nuevas zonas de uso del suelo y un régimen de fiscalización y sanciones más estrictas para garantizar la legalidad.

Región17 de abril de 2025
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El crecimiento urbano de manera equitativa y sostenible, entre los principales objetivos. Críticas a la gestión Garro por permitir acciones fuera de la ley. 

 

 

La presidenta de la Comisión de Planeamiento del Concejo Deliberante de La Plata, Cintia Mansilla (Unión por la Patria), encabezó ayer la presentación del proyecto de Ordenanza del Plan de Ordenamiento Territorial y el Programa de Tratamiento de Loteos Ilegales, junto al secretario de Planeamiento de la Municipalidad, Sergio Resa, y su equipo de trabajo.
La propuesta busca avanzar en un proyecto integral urbano que defina nuevas zonas de uso del suelo y un régimen de fiscalización y sanciones más estrictas para garantizar la legalidad. 
“Desde que asumimos tomamos la responsabilidad de trabajar sobre este proyecto, que continuaremos debatiéndolo en la Comisión con compromiso y claridad”, destacó Mansilla.
“Recibimos una ciudad devastada y necesaria de ordenar, con una ampliación urbana desmedida que no podía contar con servicios públicos, transporte y seguridad adecuados porque se encontraban fuera de la ley y que el gobierno de Julio Garro permitió, que hoy en día cuenta con un trasfondo también judicial”, denunció la concejal, y destacó la necesidad de “establecer criterios claros de restricción de ocupación y mitigación de riesgos para tener en cuenta”. 

“Tenemos que orientar el crecimiento urbano de manera equitativa y sostenible, y asegurar la producción de vivienda, infraestructura, servicios y espacios públicos en beneficio colectivo”, concluyó la concejal oficialista.

El anteproyecto representa la primera fase del Plan de Ordenamiento Territorial, que pone el foco en la proliferación de cerca de 450 loteos irregulares -con distintos niveles de ilegalidad y grados de materialización-, identificando sus impactos en la estructura urbana y territorial y evidenciando sus efectos en lo social, ambiental, de infraestructura, accesibilidad, calidad del entorno y sostenibilidad.

 

Regulación Especial


A los efectos administrativos, se crea un Régimen de Regulación Especial, con 3 tipos de zonas:

A. La Zona Especial de Territorialidad Urbana, que abarca parte del área urbana, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 10.703, y sectores contiguos a la misma -parcelas rurales de dimensiones reducidas, rodeadas por urbanización y con acceso desde la estructura vial existente-previendo su ocupación residencial en diversas etapas de consolidación. Se excluyen del perímetro del área las urbanizaciones cerradas y aquellos ámbitos que, aun formando parte del área urbana normada, presenten una vocación predominantemente periurbana o rural, sectores con riesgo ambiental o de valor para su preservación.


B. La Zona Especial de Territorialidad Periurbana y Rural, que abarca a los sectores con áreas dedicadas o con potencial para la producción frutihortícola, así como grandes equipamientos, servicios y sectores industriales.

En ella se procura la preservación de la salud y promoción del suelo agrícola y en caso de existir desarrollos residenciales, deberán ser limitados, en enclaves confinados, población semi agrupada o centros de servicios rurales, de manera que no interfieran con las actividades agrícolas ni afecten la productividad del cinturón.

Toda instalación de usos específicos o grandes infraestructuras deberá someterse a una evaluación de impacto ambiental.

Sólo se permitirán clubes de campo en la zona específicamente habilitada para tal fin, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 10703 y no se podrán localizar barrios cerrados conforme a lo dispuesto en el Decreto 27/98.

Se limitará la construcción en las áreas normativamente definidas como de protección ambiental, en particular en la zona establecida como Paisaje Protegido de Interés Provincial de la Cuenca del Arroyo El Pescado.


C. La Zona Especial de Peligrosidad por riesgo de inundación, incluye los sectores identificados y clasificados conforme a su nivel de peligrosidad por inundaciones, de acuerdo con el Plan desarrollado por la UNLP y el Municipio de La Plata en 2023.

A los efectos de minimizar el riesgo y la vulnerabilidad ante eventos hídricos, se establecen restricciones para el uso, ocupación y subdivisión del suelo, así como estrategias de mitigación y adaptación en áreas ya ocupadas.

En los nuevos proyectos, se exigirá la implementación de infraestructuras de drenaje y retención, la conservación de áreas de amortiguación y la planificación de usos compatibles con las dinámicas hídricas, así como la continuidad de los corredores biológicos a lo largo de los cursos de agua, priorizando la cesión de espacios para la conformación de corredores verdes y libres públicos sobre los márgenes de los mismos.
A su vez, se deberá definir la cota de parcela en base a la factibilidad hidráulica otorgada por el organismo provincial competente.

Finalmente, el instrumento también contempla un Programa para el Tratamiento Administrativo de Loteos Ilegales, que pretende asegurar el reparto equitativo de cargas y beneficios derivados de la urbanización a través de un régimen adecuado de plusvalías, contener el avance de loteos en áreas no aptas para el desarrollo urbano, reestructurar los loteos existentes sin aprobación garantizando el cumplimiento de condiciones adecuadas, prevenir los riesgos naturales frente a fenómenos climáticos extremos, proteger y recuperar recursos naturales promoviendo la conservación ambiental, y tender a garantizar la disciplina urbanística, con un régimen adecuado de sanciones y medidas complementarias proporcionales a la gravedad de las infracciones detectadas.


El programa incluirá:


- Loteos con materialización de uso: procesos de subdivisión finalizados y ocupación residencial.
- Proyectos de loteos con viabilidad administrativa parcial: factibilidad de localización municipal, aprobación de la faz geométrica, pago o liquidación de tributo por valorización inmobiliaria, permiso de obra de infraestructuras y planes provinciales de construcción de viviendas.

Serán excluidos los loteos o proyectos de loteos que no se encuentren incluidos en las categorías precedentes y no recibirán tratamiento administrativo en el marco del programa.

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