
El intendente de La Plata, Julio Alak, presentará el Plan de Seguridad Municipal 2026 este viernes 12 de diciembre a las 9:30 horas en el Salón Dorado del Palacio Municipal.


Un tribunal benefició a Enrique Slezack en el expediente que lo tenía imputado por peculado y estafa por la venta irregular de un terreno fiscal en Villa Argüello. Los jueces decretaron la “vulneración del plazo razonable” para ser juzgado.
Región20 de junio de 2025
La justicia penal de La Plata decretó ayer la prescripción de la causa por estafa y peculado seguida al exintendente de Berisso, Enrique Slezack. El fallo ponderó que hubo una vulneración del plazo razonable en el proceso por la venta de un terreno fiscal en Villa Argüello.
La defensa del exjefe comunal había solicitado la absolución y adelantó que apelará la resolución adoptada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°1 de La Plata.
El trámite de la causa insumió casi 13 años. Ese tiempo fue tenido en cuenta por los jueces del Tribunal I al decretar la prescripción por "vulneración del plazo razonable". La causa se inició el 8 de marzo de 2013 y arribó a la instancia oral en 2025.
La investigación judicial comenzó con la denuncia radicada por la venta de un terreno fiscal ubicado en 61 entre 122 y 123. Se señalaba que el inmueble fue adquirido a un precio considerado "vil" y luego se construyó allí una vivienda valuada en unos 150.000 dólares.
Ayer, en el fuero penal de 8, 56 y 57, Slezack se notificó personalmente del dictamen emitido por el Tribunal Oral I. En la etapa instructoria se indicó que el terreno en cuestión pertenecía al Estado y estaba ocupado por un vecino de Rosa Bru, madre del estudiante de periodismo torturado y asesinado en la Comisaría Novena de la Plata. La mujer declaró como testigo y expresó sus dudas sobre el procedimiento, ya que el ocupante atravesaba una situación de vulnerabilidad económica y de salud.
La fiscalía de juicio sostuvo ayer que no logró comprobar el delito de peculado, aunque sí consideró probada la estafa. Y solicitó una condena de un año de prisión en suspenso y la sujeción a reglas de conducta durante 2 años.
Sin embargo, el Tribunal I compuesto por los jueces Cecilia Sanucci, Ramiro Fernández Lorenzo y Hernán Decastelli, consideró que los plazos judiciales fueron excesivos y cerró la causa por prescripción.
Por su parte, los defensores de Slezack, Christian Romano y Juan Pesquera, en su alegato, habían solicitado la absolución de su asistido, teniendo en cuenta que no cometió ninguna irregularidad.
En su estrategia, los abogados acusaron a la escribana María Luján Fogel que participó en la operación inmobiliaria y destacaron que el proceso contó con la intervención del Concejo Deliberante y el respaldo del Tribunal de Cuentas bonaerense.
La escribana de mención fue procesada y aun no se resolvió su situación procesal. En el juicio había sido citada por la fiscalía, al detectar esta situación, la defensa pidió que no declare hasta tanto no se determine su situación en la etapa de instrucción.
En el juicio oral ventilado en los últimos días en los estrados platenses, también participó el abogado Ernesto Martín, quien representa a los familiares del supuesto dueño original del terreno y mantuvo la acusación. El letrado también recurrirá el fallo del Tribunal I, al pretender que Slezack resulte condenado.

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