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El juez concluyó que los testimonios aportados por la fiscalía lograron probar los delitos de extorsión y asociación ilícita por los que los implicados estaban detenidos desde hacía cinco años.
Región18 de diciembre de 2023
Tras varias jornadas de debate, los seis feriantes acusados de cometer los delitos de extorsión y asociación ilícita contra otros puesteros del Parque Saavedra fueron finalmente absueltos por la justicia penal de La Plata.
A cinco años de sus detenciones, el fallo absolutorio fue dictado por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, Emir Caputo Tártara, dando por concluido el juicio que se extendió durante tres meses en el fuero de 8 y 56.
El veredicto estableció que Javier Huertas, Estela Martínez, Roberto Martínez, Jorge Fierro, Alicia Lauge y Claudia Monti no fueron culpables por ninguno de los delitos que los acusó el fiscal de juicio Juan Caniggia, a pesar de haber permanecido a la espera de este debate oral bajo encierro o medidas de prisión domiciliarias durante cinco años.
La defensa de los imputados procuró demostrar durante el juicio cómo a través de la Asociación Civil Gazebos Blancos, los trabajadores informales del Parque se habían propuesto organizarse para conseguir más derechos y trabajar mejor en el parque de 14 y 64.
En el juicio se acreditó que aquel objetivo de la Asociación Civil se tornó imposible cuando el 14 de diciembre de 2018 fueron detenidos referentes de esa organización.
En su dictamen, el juez Caputo Tártara afirmó que “existía una relación entre el pago exigido y una contraprestación efectuada por los representantes del grupo; (…) el uso del gazebo, armado y cuidado del mismo, transporte de elementos y mercadería, uso del baño químico, etcétera”.
“Es probable que los ‘modos’ de los reclamos no hayan sido del todo ortodoxos para con alguno de los feriantes más reticentes, pero he aquí que en la gran mayoría quedaba claro que siempre había una razón/contraprestación del servicio, aun cuando pueda haber sido exigido en no buenos términos, o con montos (para algunos) excesivos”, argumentó el magistrado.
Los cargos que enfrentaron los implicados en estos años fueron los de extorsión y asociación ilícita. En caso de una condena hubieran recibido penas de hasta 20 años de cárcel.
Al momento de los alegatos, el fiscal Caniggia solicitó la absolución de dos de los acusados -Roberto Martínez y Claudia Monti- por considerar que no estaban involucrados en la maniobra. Para los otros cuatro acusados, el fiscal pidió seis años de prisión.
Las defensas estuvieron a cargo de los letrados Adrián Rodríguez Antinao, Federico Ravina, Solange Barnetche e Ignacio Fernández Camillo.
En el veredicto absolutorio, el juez no hizo lugar al pedido de la defensa de investigar a la administración del exintendente Julio Garro por haber orquestado esta causa penal con métodos ilegales como el de la persecución ilegal, que incluyeron filmaciones clandestinas y espionaje.
Esos hechos fueron denunciados ante la fiscalía en turno por las defensas, con evidencias colectadas durante las audiencias del juicio oral.
Uno de los defensores, Ignacio Fernández Camillo, adelantó que apelarán el veredicto para que sea investigada la gestión municipal, impulsarán un juicio al Estado para que “reconozca e indemnice a sus asistidos que padecieron entre dos años y medio y cinco años detenidos injustamente”. El letrado expresó que el juez Caputo Tártara negó en su veredicto la posibilidad de que las personas ahora absueltas reciban una reparación integral por los daños ocasionados.

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