El Municipio avanza con la construcción de la nueva delegación de El Peligro
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Las víctimas realizaban sus tareas en el Batallón de Comunicaciones Satelitales 601 de City Bell. Los ultrajes fueron perpetrados en la oficina del acusado, a puertas cerradas. El juez le trabó un embargo de 10 millones de pesos.
Región12 de julio de 2024En otro de los oscuros delitos que se producen en el interior del Ejército Argentino, y que pocas veces salen a la luz, se dio a conocer el procesamiento de un jefe militar de La Plata por el abuso sexual perpetrado contra dos soldadas de la Compañía Comando y Servicios del Batallón de Comunicaciones Satelitales 601 de City Bell.
El dictamen anticipado por Capital 24 fue resuelto por el juez federal N° 3 de La Plata, Ernesto Kreplak, quien además trabó un embargo por 10 millones de pesos sobre los bienes del jefe militar imputado.
“Abuso sexual gravemente ultrajante y amenaza coactiva en perjuicio de una soldada voluntaria, y por abuso de autoridad y amenaza coactiva contra una compañera de la mujer que optó por no promover la acción penal privada en un hecho que también podría encuadrar en abuso sexual”, afirmó el magistrado en su resolución.
En el expediente, el juez platense dio por probado que los vejámenes sexuales se produjeron entre noviembre de 2022 y febrero de 2023. La soldada que denunció el abuso sexual prestó funciones como auxiliar del suboficial principal acusado, con quien debía compartir una oficina a diario entre las 8 y las 13 en la zona del Parque de Automotores. Los ultrajes habrían ocurrido dentro de la oficina, a puertas cerradas.
El imputado aprovechó “los momentos en los que se encontraba a solas con la víctima, en algunas oportunidades cerrando con llave la única puerta de acceso a la oficina” y que se valió de “su posición de poder como superior en el marco de una estructura fuertemente jerarquizada como la del Ejército Argentino”.
La fiscalía, por su parte estableció que ambas víctimas siguieron la cadena de mando y expusieron lo sucedido ante militares varones, hasta que fueron conducidas a la oficina de una teniente mujer, que oficiaba como Punto de Enlace de Género del Batallón 601, quien se encargó de materializar las actuaciones internamente.
Asimismo, la víctima que denunció el abuso sexual se presentó ante la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) de la Policía bonaerense a formular una denuncia policial, con lo cual se dio inicio al proceso judicial en el fuero provincial.
El juez Kreplak sostuvo que “no quedan dudas” de que el imputado, “en uso de la autoridad militar que investía, le encomendó a la soldado cumplir ciertas tareas en soledad” junto a él “en condiciones que le garantizaran su accionar, lo que generó que disminuyeran los riesgos de ser descubierto en su actuar y neutralizar las posibilidades de que la víctima pudiera ser auxiliada”.
El imputado le pidió a la víctima, “a través de mensajes y llamados de WhatsApp”, que “le enviara fotos íntimas suyas, que le pasara la ubicación de su paradero y le exigió que cambie la foto de perfil que la nombrada tenía en dicha aplicación de mensajería”, todo lo cual ocurrió “sin el consentimiento” de la soldada voluntaria y “bajo dos circunstancias insoslayables”, argumentó el magistrado al disponer el procesamiento del jefe militar.
En relación con las amenazas a la víctima que denunció el abuso sexual, el juez consideró probado que el imputado le advirtió que “si contaba algo, su cargo tenía peso y la iban a dar de baja”. El magistrado señaló que, de esa forma, el militar “se valió de una posición de poder como superior, de la reserva que le brindó su oficina donde prestaba servicios en la Compañía -lugar en el cual se negaba a abrir la puerta ante el requerimiento de otros agentes, conforme dichos de los propios testigos de autos-, sumado a la vulnerabilidad que presentaba (...), advertida en su corta edad, su reciente ingreso a la fuerza, el desconocimiento sobre la estructura y organización del Ejército y la necesidad económica de no perder el trabajo”.
Por otro lado, los hechos que perjudicaron a la segunda soldada -quien optó por no promover la acción penal privada en un hecho que también podría encuadrar en abuso sexual- habían comenzado con insinuaciones del militar respecto de problemas sexuales que tenía con su esposa, continuaron con una invitación a mantener relaciones sexuales con la víctima y siguieron con un episodio de índole corporal, en el que el imputado “la alzó del short”.
En este caso, el juez marcó que el militar realizó “abuso de poder” y aprovechó “la situación de vulnerabilidad de la víctima” mediante la amenaza “de una violencia física de aquel contra ella”, pues dio por acreditado que la amenazó con “ejecutarle un movimiento brusco” (sic) en caso de que se enterase que hablaba o contaba a otras personas sobre estos hechos.
“Se trataron de amenazas idóneas que inicialmente cumplieron su cometido, puesto que conminaron a ambas víctimas a no denunciar las situaciones que vivían o bien, no contar lo que le sucedía a la otra, durante un lapso de tiempo considerable”, remarcó el juez Kreplak.
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