La Rendición de Cuentas 2024 del Municipio, camino a aprobarse con apoyo opositor

El Concejo Deliberante de La Plata tratará el próximo viernes la Rendición de Cuentas 2024, el Plan para el Desarrollo Territorial Integral y el programa para el tratamiento administrativo de loteos ilegales, que fueron presentados por el Ejecutivo comunal.

Región23 de abril de 2025
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En primer lugar, el dictamen de la Rendición 2024 ya fue firmado por siete de los ocho concejales que integran la Comisión de Hacienda, encabezada por la oficialista Micaela Maggio. La acompañaron sus compañeros de bloque Marcelo Galland y Pablo Elías (UxP), junto a Manuela Forneris y Gustavo Staffolani (UCR + PRO), y Lucas Lascours y Lucía Barbier (PRO). 

El expediente contempla el cierre del ejercicio económico del año pasado, incluyendo a la administración central, el Mercado Regional, el ex Ente Municipal y el EMATUR. 

Según el informe presentado por el secretario de Hacienda y Finanzas del Municipio, Marcelo Giampaoli, en 2024 el Municipio registró ingresos por 277.324 millones de pesos y egresos por 219.424 millones, un superávit de más de 57.900 millones. 

En cuanto al destino del gasto, la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos concentró el 48 por ciento del total con 105.595 millones de pesos destinados a obras, mantenimiento urbano, alumbrado, barrido y recolección. Le siguieron la Secretaría de Educación con 27.302 millones y la Secretaría General con 16.933 millones.

Finalmente, el área de Salud recibió 10.614 millones de pesos, mientras que Hacienda y Finanzas dispuso de 8.043 millones, un presupuesto similar al de la Secretaría Administrativa (8.144 millones).

 

Programa para el tratamiento de loteos ilegales 

 

Según la propuesta del Ejecutivo, se desarrolla en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 2514/24, que suspende los procedimientos administrativos y los efectos de los actos administrativos dictados conforme ordenanzas que no cuenten con la convalidación de la autoridad provincial competente, conforme lo establecido en el artículo 83° del Decreto-Ley N° 8912/77 de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo de la Provincia de Buenos Aires.

Su objetivo es “generar herramientas eficientes para el tratamiento administrativo de los loteos ilegales, considerando las particularidades de cada caso según el tipo de irregularidad, el nivel de consolidación, su inserción territorial, y el nivel de riesgo, a fin de establecer condiciones obligatorias de adecuación y garantizar el ordenamiento urbano”.

En ese marco, prohíbe la ocupación en zonas de  alta peligrosidad a inundaciones y se restringirá en zonas de peligrosidad media, mientras que para las construcciones existentes se exigirán medidas de mitigación de riesgos y mecanismos de compensación, según corresponda.

Además, se  implementarán medidas preventivas y correctivas para mitigar los impactos ambientales relacionados con el consumo de agua, suelo y generación de residuos y por posibles incompatibilidades  de uso por localizaciones industriales peligrosas, cavas y otros pasivos ambientales.

Quedan incluidos en el programa los loteos y proyectos que cumplan con las 

siguientes características 

 

1. Loteos con materialización de uso.  Son aquellos que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones: 

a) Haber finalizado los procesos de subdivisión bajo el régimen geodésico o de propiedad 

horizontal, entre el 19 de diciembre de 2013 y el 9 de octubre de 2024. 

b) Contar con ocupación residencial, materializadas entre el 19 de diciembre de 2013 y el 9 de octubre de 2024.  

 

2. Proyectos de loteos con viabilidad administrativa parcial. Se incluyen en esta categoría aquellos proyectos que no presentan materialización de uso y que han obtenido una viabilidad parcial en el marco de una tramitación administrativa. 

 

Como viabilidad administrativa parcial se incluye alguna de las siguientes: 

a) Obtención de certificación de factibilidad de localización municipal. 

b) Aprobación de la faz geométrica. 

c) Pago o liquidación de tributo por valorización inmobiliaria. 

d) Permiso de obra de infraestructuras aprobados 

e) Asignación en el marco del Programa ARCA, Ley 27.694 

f) Planes Provinciales de construcción de viviendas.  

 

Por último, quedan excluidos los loteos o proyectos de loteos que no se encuentren incluidos en las categorías precedentes, salvo aquellos, que no contando  con viabilidad administrativa parcial, cuenten con una densidad entre 1 a 30 habitante por hectárea.

 

Plan para el Desarrollo Territorial Integral para La Plata 

 

A partir del Plan, se crean las siguientes zonas especiales:

 

a) Zona Especial de Territorialidad Urbana 

b) Zona Especial de Territorialidad Periurbana y Rural 

c) Zona Especial de Peligrosidad por Riesgo de Inundación

 

a) Zona Especial de Territorialidad Urbana. Abarca parte del área urbana,  conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 10.703, y sectores contiguos a la misma, con ocupación residencial en diversas etapas de consolidación, y a todas las fracciones mayores a la manzana que queden englobadas entre manzanas, estructurados por la macro trama vial principal. Se excluyen aquellos ámbitos que, aun formando parte del área urbana normada, presenten una vocación predominantemente periurbana o rural, sectores con riesgo ambiental o de valor para su preservación.  

 

b) Zona Especial de Territorialidad Periurbana y Rural. Esta zona especial abarca a los sectores periurbanos y rurales en los cuales se encuentran en funcionamiento áreas dedicadas o con potencial para la producción frutihortícola, así como grandes equipamientos, servicios y sectores industriales.  

 

c) Zona Especial de Peligrosidad por riesgo de inundación. Se incluye en esta categoría a los sectores identificados mediante estudios hidráulicos y mapas de riesgos del territorio, clasificados conforme a su nivel de peligrosidad por inundaciones, de acuerdo con el Plan de Reducción del Riesgo por Inundaciones de La Plata, 2da etapa, desarrollado por la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y el Municipio.

 

En los nuevos proyectos de urbanización se exigirá la implementación de infraestructuras de drenaje y retención, la conservación de áreas de amortiguación y la planificación de usos compatibles con las dinámicas hídricas. Incluye los siguientes rangos de peligrosidad en su máxima precipitación probable:   

 

a) Alta 

b) Media

 

Pedido de un sector de la oposición

 

El bloque UCR + Pro por la Ciudad pidió que el proyecto incluya propuestas para las tomas de tierra ilegales y los asentamientos precarios, “con soluciones reales de integración o relocalización para quienes viven en zonas de riesgo de inundación, garantizando a nuestros vecinos un futuro más seguro, digno y sin sesgos ideológicos”.

Además, señaló que “es imprescindible limitar la discrecionalidad del Ejecutivo”, argumentando que “decidir cómo y hacia dónde crece la ciudad no puede quedar librado a caprichos, sino que debe contar con controles firmes, instituciones sólidas y la participación activa del Consejo de Ordenamiento Urbano Territorial”.

“De no hacerlo, este anteproyecto quedará teñido por intereses partidarios que los vecinos no vamos a permitir”, agregó el bloque que preside Diego Rovella.

 

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